Vueling ha sido condenada a indemnizar con 4.350 euros a una pasajera que se lesionó como consecuencia de la caída que sufrió al bajar del autobús que acercaba el pasaje a la terminal del aeropuerto de Barcelona-El Prat. Según informó ayer a través de un comunicado la compañía de servicios legales que se ha encargado de la acusación, la mujer tuvo que ser operada por una fractura en el tobillo derecho y necesitó 145 días para curarse, tras medio centenar de sesiones de rehabilitación.

La magistrada del Juzgado Mercantil de Barcelona que ha llevado el caso se ha basado en la normativa del Convenio de Montreal de 1999, según la cual el transportista es responsable de los daños causados «a bordo de la aeronave o durante cualquiera de las operaciones de embarque o desembarque». El desembarco del avión se produce una vez los pasajeros han llegado a la terminal, donde acaba la responsabilidad del transportista aéreo, pero sí son responsabilidad de la aerolínea los daños sufridos por sus clientes durante el trayecto que separa al avión de la terminal.

Tras acreditar que la lesión ocurrió en el desembarque, la sentencia da la razón a la pasajera pero desestima un extra de 740 euros por el taxi.