Tras el periodo de gracia de amnistía fiscal hasta el próximo 30 de noviembre, se reforzará la lucha contra el fraude. Eso es lo que pretende el Gobierno de Mariano Rajoy a través del proyecto de ley que pretende tramitar por el procedimiento de urgencia en el Congreso en el que, entre otras medidas, se limita a 2.500 euros el pago de compras y transacciones en efectivo en las que la menos una de las partes sea un profesional o una empresa.

"En España se tiene que acabar el con IVA y sin IVA, que nos perjudica a todos", sentenció la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, al presentar el proyecto cuyas líneas generales se analizaron ya en abril pasado. "El que va por la vida de sin IVA está defraudando a la sociedad en su conjunto", agregó.

El umbral fijado para los pagos en efectivo se eleva a 15.000 euros cuando los implicados sean no residentes. Y, a pesar de que las penalización por superar esas sumas afectará tanto a quien pague como a quien cobre, uno de ellos, el que lo denuncie, se librará de la multa (el 25% del valor del pago en efectivo).

El proyecto "es un complemento perfecto al plan extraordinario de regularización de rentas ocultas", afirma el Ejecutivo. Gracias a esa medida de gracia se podrán aflorar rentas ocultas (incluido el dinero en efectivo no declarado) mediante el pago de un peaje del 10%. El contenido del proyecto ha recibido el visto bueno del Banco Central Europeo (BCE) y del Banco de España, según Sáenz de Santamaría.

MULTA MINIMA DE 10.000 EUROS El texto legal establece la obligatoriedad de declarar todas las cuentas, inmuebles y activos que se tengan en el extranjero. Incumplir este precepto llevará aparejado un régimen sancionador a razón de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000 euros.

Una de las grandes novedades, que ya fue anunciada en abril, es que este tipo de activos y sus rendimientos no prescribirán en caso de ser descubiertos por Hacienda. Cuando el fisco los detecte "se imputarán al último periodo impositivo de entre los no prescritos" (cinco años por la vía penal --delito fiscal-- y cuatro por la administativa).

Otra medida para acabar con el fraude, especialmente el que afecta al IVA y también al IRPF, afecta a las actividades que calculan sus rendimientos por el sistema de módulos. Quedarán exluidos del mismo aquellos empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares.

La medida afectará a los autónomos y pymes cuyo volumen de rendimientos íntegros supere los 50.000 euros al año. Las actividades incluidas son la albañilería, la fontanería, la carpintería y el transporte de mercancías por carretera. También quedarán excluidos quienes obtengan rendimientos procedentes de otros empresarios o profesionales por importe superior a 225.000 euros. En el caso de los transportes y mudanzas, la exclusión operará con ingresos superiores a 300.000 euros, tal y como sucede con las operaciones agrícolas o ganaderas. A su vez solo se podrá deducir el IVA soportado en la compra de un inmueble si se acredita que se ha ingresado el IVA repercutido.

El plan del Ejecutivo pretende reforar también la capacidad coercitiva del fisco. Así, los contribuyentes que obstruyan la labor de los inspectores se enfrentarán a sanciones de hasta 100.000 euros, que se elevarán hasta los 600.000 euros cuando el implicado desarrolle actividades económicas.

Para garantizar el cobro de las deudas por parte de Hacienda se incluyen medidas para reforar la "capacidad cautelar" como los embargos preventivos. Actualmente este tipo de medidas solo se pueden aplicar tras comunicarse al afectado la propuesta de liquidación.