Una pataleta. Los magistrados del Tribunal Supremo reprocharon ayer a sus colegas del Constitucional que hayan anulado la condena contra Alberto Cortina y Alberto Alcocer, los Albertos, por estafa y falsedad en documento mercantil por la venta de Urbanor. Para los jueces del Supremo, la decisión ha invadido sus competencias y ha excedido las que le otorga la Constitución.

El Tribunal Constitucional anuló el pasado miércoles la condena de tres años y cuatro meses que el Supremo había impuesto a los financieros en el año 2003 por la venta de los terrenos en los que se construyeron las famosas Torres Kio de Madrid. A los acusados se les aplicó la doctrina de la prescripción al entenderse que estaba en juego el derecho fundamental a la libertad.

En opinión del Tribunal Supremo, esta última interpretación rompe el "debido equilibrio entre órganos constitucionales del Estado", ya que entra en el terreno que corresponde a la justicia ordinaria. En este campo en concreto, según recoge la Constitución, el Tribunal Supremo es el órgano superior. Por este motivo, le corresponde tomar la decisión cuándo se puede o no aplicar la prescripción. Los 14 magistrados que integran la sala penal del alto tribunal defienden --como sostiene el Tribunal Constitucional-- que todas las personas tienen derecho a tener una respuesta judicial, sin embargo discrepan de la interpretación de sus colegas en lo que se refiere a la prescripción.

POR UNANIMIDAD El acuerdo fue adoptado por los magistrados por unanimidad y posteriormente redactado por el presidente de la sala penal, Juan Saavedra. Los magistrados "suavizaron" su respuesta al confiar en que se eleve el tono en una próxima reunión de la sala de gobierno a la que asistirán magistrados procedentes de las cinco salas. Estas discrepancias entre tribunales, sin embargo, carecen de efectos jurídicos.