El administrador concursal del Córdoba CF , deberá aportar documentación a la vista que se celebrará el próximo 23 de marzo en el Juzgado de Primera Instancia 102 de Madrid, donde se ve la demanda interpuesta en su día por Azaveco (Carlos González) contra Grucal y Aglomerados Córdoba (Jesús León) Azaveco (Carlos González) contra Grucal y Aglomerados Córdoba (Jesús León)por la que el primero solicitó la rescisión del contrato de compraventa del Córdoba CF SAD al entender que el segundo había incumplido diversas cláusulas del mismo.

En la vista del pasado martes, de la que informó este periódico, la representación legal de León solicitó a la magistrada, que aceptó, la aportación por parte del administrador concursal del Córdoba CF SAD, de diversa información a la instrucción, con tres fines. El primero, «que informe al Juzgado si ha interpuesto demanda judicial civil o querella penal en relación con el requerimiento realizado a Azaveco del pago de 8.806.978,36 euros».

Segundo, para que informe al Juzgado «del importe exacto de los créditos reconocidos en el concurso de acreedores que traen su causa de la gestión de Azaveco desde el año 2011 y hasta el 19 de enero del 2019 -sic-, con especial referencia a los créditos derivados de procedimientos judiciales». Es decir, que de la actual deuda concursal de la entidad blanquiverde, cuánto corresponde a la etapa de González en el club. Y tercero, para que aporte al Juzgado «las cuentas del ejercicio 18-19 del Córdoba CF, las cuales no han sido inscritas en el Registro Mercantil al no haber sido aprobadas por la junta general de accionistas» ya que Azaveco votó en contra de las mismas en la ya conocida junta celebrada en el hotel Córdoba Center, hace ahora algo más de un año. La notificación del Juzgado de Primera Instancia 102 de Madrid, a la que ha tenido acceso este periódico, explica que la solicitud de dichas cuentas y la petición de información documental a Estepa se hace «al objeto de conocer, al menos desde el punto de vista del administrador judicial y de los auditores del Córdoba CF SAD, el estado económico de la entidad en el año que se ejercita la resolución y así poder determinar los posibles perjuicios que hubiese podido sufrir Azaveco, con el incumplimiento» de contrato que se imputa a Aglomerados Córdoba (Jesús León).

Obviamente, la defensa de León pretende con ello retratar el estado económico del Córdoba CF SAD en el momento de la compra del paquete mayoritario de acciones y cotejarlo con el que se transmitía en la escritura de compraventa del paquete mayoritario de acciones de la entidad blanquiverde.