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Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Tres años de cárcel por robar una bicicleta en una vivienda de Córdoba tras sumar ocho condenas por delitos similares

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima los recursos de dos condenados por robo y confirma las penas de hasta tres años de prisión por el hurto de material ciclista

Imagen de archivo de un agente de la Guardia Civil.

Imagen de archivo de un agente de la Guardia Civil. / CÓRDOBA

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Diario CÓRDOBA

Diario CÓRDOBA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a dos hombres por un robo con fuerza en casa habitada cometido en una vivienda de la provincia de Córdoba, de la que sustrajeron una bicicleta de carretera y distinto material ciclista. En el caso de uno de ellos se trata de la octava condena por este motivo.

La Sala de lo Civil y Penal desestima así los recursos presentados por los dos acusados contra la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Córdoba y ratifica las penas impuestas. Uno de ellos ha sido condenado a tres años y un día de prisión, al concurrir la agravante de multirreincidencia y la atenuante de drogadicción. El segundo ha sido penado a dos años de cárcel, también con la aplicación de una atenuante analógica de drogadicción. Además, ambos deberán indemnizar al perjudicado con 1.435 euros por los objetos sustraídos.

Robo conjunto y coordinado

Según los hechos probados, el robo se produjo el 12 de noviembre de 2022. Los dos acusados acudieron juntos en coche hasta una vivienda. Uno de ellos permaneció en el vehículo, en actitud de vigilancia, mientras que el otro accedió por la zona del porche y una escalera trasera hasta la terraza de la casa. Una vez allí, forzó la puerta de un trastero y se apoderó de una bicicleta de carretera, un casco, unas zapatillas de ciclismo, unas gafas y un cuentakilómetros. Después abandonó el lugar con la bicicleta y se montó en el coche donde lo esperaba el otro acusado. Según recoge la sentencia, ambos vendieron posteriormente el material sustraído para obtener dinero destinado al consumo de drogas.

Archivo - Imagen de archivo de la sede del TSJA en Granada.

Imagen de archivo de la sede del TSJA en Granada. / EUROPA PRESS

Uno de los puntos centrales del recurso era la calificación del robo como cometido en casa habitada. Las defensas sostenían que los hechos no se produjeron dentro de la vivienda, sino en un trastero. Sin embargo, el TSJA rechaza este argumento y confirma el criterio de la Audiencia Provincial.

El TSJA rechaza los recursos

El tribunal considera que el trastero formaba parte de la vivienda, al estar situado en la terraza, cerrado, con acceso desde la propia casa y vinculado físicamente a ella. Por ello, entiende que debe considerarse una dependencia de casa habitada, lo que permite mantener la calificación agravada del delito.

La Sala también descarta que el que se quedó dentro del coche fuera un simple acompañante. La sentencia subraya que condujo el vehículo, esperó mientras el otro acusado accedía a la vivienda, abandonó el lugar con él cuando salió con la bicicleta y participó después en la venta de los efectos sustraídos. Para el tribunal, esos elementos evidencian una actuación conjunta y un reparto de funciones.

En cuanto al otro penado, el TSJA considera que la prueba practicada fue suficiente para sostener la condena. La víctima declaró que el trastero estaba cerrado y fue forzado, una testigo lo reconoció como la persona que salió corriendo con la bicicleta y el propio acusado admitió la sustracción.

Las defensas también solicitaron una mayor rebaja de la pena por la drogadicción de los acusados. El tribunal, sin embargo, rechaza esa pretensión al entender que no consta una prueba suficiente sobre la intensidad de la adicción que justifique una rebaja superior. La Audiencia ya aplicó la atenuante simple, criterio que ahora confirma el TSJA.

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