Tribunales
Dos años de cárcel para dos mujeres por quedarse con 36.000 euros de su tía anciana, analfabeta y vulnerable en Montalbán
Las acusadas gestionaban la cuenta bancaria de su tía y cancelaron depósitos a plazo fijo, quedándose con el dinero en lugar de usarlo para la víctima

Imagen del municipio de Montalbán de Córdoba. / CÓRDOBA
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a dos años de prisión para dos mujeres por apropiarse de 36.000 euros de su tía, una mujer de avanzada edad, analfabeta y especialmente vulnerable, cuya cuenta bancaria gestionaban en Montalbán.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJA desestima así el recurso presentado por las condenadas contra la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Córdoba y ratifica que ambas son responsables de un delito de administración desleal cualificado por abuso de relaciones personales.
Además de los dos años de cárcel para cada una, la resolución confirma una multa de ocho meses, a razón de seis euros diarios, y la obligación de indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima con 36.000 euros, más los intereses correspondientes.
Aprovecharon su vulnerabilidad y analfabetismo
Según recoge la sentencia, la mujer, nacida en 1926, no sabía leer ni escribir y había autorizado a sus sobrinas para gestionar su cuenta bancaria, ya que confiaba en ellas y dependía de su ayuda para distintas gestiones personales y económicas. Las acusadas se encargaron de su cuidado durante varios años, entre 2007 y 2017.

Imagen de archivo de la sede del TSJA en Granada. / EUROPA PRESS
El núcleo del caso se centra en la cancelación de dos imposiciones a plazo fijo. El tribunal considera probado que las sobrinas cancelaron esos depósitos y se quedaron con el dinero, hasta alcanzar los 36.000 euros. Las condenadas defendieron durante el procedimiento que su tía les había entregado esa cantidad en vida, como una donación, pero esa versión no ha sido aceptada por los tribunales.
El TSJA respalda el criterio de la Audiencia Provincial y subraya varios elementos para descartar que se tratara de una donación. Entre ellos, destaca la situación de vulnerabilidad de la víctima, la relación de confianza que mantenía con sus sobrinas y el hecho de que no existiera ningún documento que acreditara una entrega voluntaria de esa cantidad.
Dejaron a la víctima sin ahorros
La sentencia también tiene en cuenta que las acusadas sí habían formalizado ante notario otro negocio jurídico relevante relacionado con la vivienda de la mujer, lo que refuerza, a juicio del tribunal, la falta de explicación sobre por qué una supuesta donación de 36.000 euros no quedó documentada de ninguna forma.
Además, la resolución señala que la cancelación de los depósitos dejó a la mujer sin esos ahorros y únicamente con sus pensiones y la ayuda a domicilio. El tribunal entiende que las acusadas, que tenían una posición de confianza y administración sobre los bienes de su tía, actuaron en beneficio propio y no en interés de la víctima.
En su recurso, la defensa alegó error en la valoración de la prueba, prescripción del delito y dilaciones indebidas, entre otros motivos. Sin embargo, el TSJA rechaza todos los argumentos. Sobre la prescripción, la Sala considera que el delito no había prescrito, al apreciarse abuso de relaciones personales. Sobre la prueba, entiende que la Audiencia Provincial hizo una valoración lógica, suficiente y ajustada a los indicios existentes.
El tribunal también descarta aplicar una atenuante por dilaciones indebidas. Aunque reconoce que el procedimiento se prolongó en el tiempo, no aprecia paralizaciones extraordinarias que justifiquen una rebaja adicional de la pena.
Con esta resolución, el TSJA confirma la condena impuesta a las dos sobrinas por haberse aprovechado de la confianza de una familiar especialmente vulnerable para disponer de un dinero que no les pertenecía.
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