Sentencia del TSJA

Cinco años de cárcel a un joven por intentar matar a puñaladas a un hombre en Puente Genil

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2021, cuando el procesado acuchilló a la víctima, con la que estaba enemistada, en la barriada del Nazareno

Instalaciones de la Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Instalaciones de la Ciudad de la Justicia de Córdoba. / A. J. González

David Jurado

David Jurado

La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de un joven que fue condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba, en enero de 2024, por el intento de homicidio de un joven, por lo que confirma la sentencia condenatoria de cinco años y seis meses de prisión.

Los hechos, según la información facilitada por el TSJA, ocurrieron el 21 de diciembre de 2021 cuando el acusado, de 21 años y con antecedentes penales, inició una pelea con otro hombre, al que profirió tres puñaladas. La víctima resultó herida de gravedad y tuvo que ser hospitalizada e intervenida dos veces, tardando casi dos meses en sanar.

El acusado argumenta legítima defensa

El condenado, según las mismas fuentes, recurrió el fallo demandando, en primer término, la nulidad del juicio al entender que «no debió haber sido celebrado dada la ausencia de varios testigos, siendo improcedente la lectura de sus declaraciones sumariales que se llevó a cabo», alegando también que «se limitó a defenderse sin intención de causar la muerte y que los hechos constituirían en su caso un delito de lesiones, no de homicidio».

Ante ello, el TSJA afirma en su sentencia que la Audiencia de Córdoba «aplicó correctamente el artículo 730.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a cuyo tenor pueden ser leídas en el juicio las diligencias sumariales que no sea posible reproducir en el juicio oral, supuesto este que es aplicable entre otros casos a los testigos cuya localización no resulta posible en el plenario».

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