Resolución
Maeztu invita al Consistorio de Montilla a conceder una plaza de aparcamiento reservada
El Defensor del Pueblo Andaluz sugiere atender la reclamación de la madre de un menor con movilidad reducida para estacionar junto a su domicilio
El Defensor del Pueblo Andaluz ha invitado al Ayuntamiento de Montilla a atender la reclamación planteada por una vecina de la localidad que solicitaba para su hijo una plaza de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
A su vez, el departamento que dirige Jesús Maeztu instaba al Consistorio a modificar su ordenanza de tráfico para adaptarla a la normativa que regula los derechos de las personas con discapacidad, solicitud que el Pleno de la Corporación solventó el 3 de julio del pasado año, cuando dio luz verde a la actualización de la normativa.
Tal y como recoge la resolución del Defensor del Pueblo, que se hizo pública la pasada semana, los hechos se remontan a 2021, cuando una vecina de Montilla, madre de un menor de edad con movilidad reducida, solicitó al Consistorio una plaza de aparcamiento reservada, dado que las plazas disponibles en su calle estaban normalmente ocupadas por la presencia de un comercio en la zona.
Como quiera que el Ayuntamiento denegó hasta en tres ocasiones esta petición, la afectada solicitó en 2023 el amparo del Defensor del Pueblo Andaluz.
Grado de discapacidad
La resolución desestimatoria dictada por el Ayuntamiento en 2021 incluía un informe de la Policía Local en el que se detallaba que el hijo de la solicitante disponía de tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida (PMR), si bien desestimaba la solicitud porque «el grado de discapacidad reconocido del 41 por ciento no le impide la movilidad».
Al respecto, el Defensor del Pueblo sostiene que, una vez ha sido otorgada la tarjeta PMR, «no corresponde al Ayuntamiento realizar juicios de valor sobre el grado de movilidad de su titular».
A su vez, el Consistorio hacía hincapié en la última de las resoluciones desestimatorias, dictada en 2023, en que el beneficiario de la medida «no es el conductor del vehículo», como requería la ordenanza de tráfico entonces en vigor.
Para Jesús Maeztu, resulta «evidente», por la minoría de edad de la persona con discapacidad, que no podía ser el conductor del vehículo para el que se solicitaba la reserva, aunque de las solicitudes presentadas por la madre «se deduce claramente» que la reserva iría destinada al vehículo que se utiliza para el transporte del hijo.
En declaraciones a CÓRDOBA, el teniente de alcalde de Desarrollo Local y Seguridad, Valeriano Rosales, aseguró este martes no tener «constancia oficial» de la resolución dictada por el Defensor del Pueblo Andaluz y se mostró dispuesto a «recabar información» en los próximos días sobre la solución que finalmente ha adoptado el Ayuntamiento de Montilla.
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