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La Junta pone fecha a la expropiación de terrenos para una planta solar en Montoro, Villa del Río y Bujalance

Durante el próximo mes de febrero se levantarán las actas de ocupación que afectan a 116 propietarios

Imagen de una planta solar

Imagen de una planta solar / Áxel Álvarez

Rafael Verdú

Rafael Verdú

La Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba sigue adelante con los trámites de expropiación forzosa de terrenos para una nueva planta solar que afecta a los términos municipales de Montoro, Bujalance y Villa del Río

La planta de generación de energía solar se denomina LAT 220 kV Guadame Solar-Guadame (REE) con tramo compartido con circuito de reserva 132kV. Tal como consta en el Boletín Oficial del Estado de este lunes 23 de diciembre, la mencionada delegación de la Administración autonómica ha puesto ya fecha para levantar actas de la ocupación de los terrenos afectados, que pertenecen a un centenar largo de propietarios de la zona, todos ellos particulares. En concreto, hay 116 expedientes abiertos que se resolverán a comienzos del año que viene para poder disponer de las parcelas con carácter urgente. 

Las fechas que ha dispuesto la delegación de Economía para levantar las actas de ocupación son los días 4, 5, 6, 11, 12, 13 y 18 de febrero de 2025. Los actos en sí tendrán lugar en los ayuntamientos a los que pertenecen las parcelas afectadas. 

Alegaciones

Según consta en el BOE, "todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (Nota Simple de Registro y Escritura Pública) y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno". 

Igualmente y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, "los propietarios y demás titulares podrán formular, ante esta Delegación Territorial, cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores al relacionar los bienes de derechos afectados".

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