Tribunales
Elevan de 11 a 13 años de cárcel la condena por el incendio con una fallecida en Aguilar de la Frontera
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía da la razón, en parte, a la familia de la víctima y determina que la acusada actuó con nocturnidad al provocar el fuego de madrugada

Estado en el que quedó la vivienda de la víctima tras el incendio. / G. ALBORNOZ

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha elevado de 11 a 13 años de prisión la condena a una acusada de Aguilar de la Frontera por incendiar la casa de otra familia con los moradores dentro, provocando la muerte de una vecina. La decisión del alto tribunal ha sido avanzada este lunes por el diario ABC y confirmada a este periódico por el bufete Marcos García-Montes, que ha representado a la familia de la fallecida.
Cabe recordar que la sentencia de la sección segunda de la Audiencia provincial de Córdoba, dictada el pasado mes de mayo, fue apelada tanto por la defensa de la encartada, que solicitó que se rebajase la pena a cinco años de prisión, como por el viudo y los tres hijos de la víctima mortal.
En este último caso, reclamaron que la pena se elevase a 20 años de prisión. Así, solicitaron que el alto tribunal andaluz declarase que no hay lugar a la aplicación de la atenuante por el trastorno adaptativo de la procesada y también consideraron que debería introducirse la agravante de nocturnidad.
La madrugada "favoreció el designio criminal de la acusada"
Finalmente, el TSJA ha considerado que, efectivamente, la vivienda fue incendiada con "aprovechamiento de las circunstancias de tiempo", ya que la acusada originó el fuego de madrugada, arrojando líquido inflamable a una ventana y prendiéndole fuego.
De este modo, el fallo del TSJA recoge que "la acusada eligió una hora intempestiva de la noche, las 4.20 horas, para cometer su acción criminal, para lo que había salido a la calle provista de la sustancia inflamable y el encendedor o similar, en un momento de la noche en que nadie transitaba por ese lugar de la ciudad y los moradores de la vivienda dormían, y así reza en el relato de hechos probados de la sentencia (de la Audiencia)".
A esto añade que, tal circunstancia, "favoreció sin duda el designio criminal de la acusada: por la hora que era, se hacía muy difícil que alguien de dentro o de afuera de la casa pudiera sorprenderla en plena acción incendiaria para impedirla o para identificar a la acusada o retenerla, o para reaccionar de inmediato y reclamar ayuda en evitación de la magnitud que alcanzó el incendio", confirma.
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