Sesión extraordinaria

El Pleno de Puente Genil desestima el recurso de la empresa del parking subterráneo del Paseo del Romeral

A partir de ahora se continuará con el trámite de liquidación del contrato

Pleno extraordinario celebrado por la Corporación municipal de Puente Genil.

Pleno extraordinario celebrado por la Corporación municipal de Puente Genil. / V. REQUENA

Virginia Requena

Virginia Requena

Puente Genil

El Pleno de la Corporación Municipal de Puente Genil, reunido en sesión extraordinaria, ha aprobado por unanimidad desestimar el recurso de reposición presentado por la empresa adjudicataria del parking subterráneo del Paseo del Romeral contra el acuerdo de resolución del contrato administrativo de cesión onerosa del derecho de superficie de parking del subsuelo del Paseo del Romeral, adoptado por la propia Corporación Municipal en abril, por incumplimiento de las obligaciones esenciales del contratista con grave perjuicio del interés público.

En su intervención, el alcalde, Sergio Velasco, recordó que el procedimiento se inició en 2023, presentando la empresa alegaciones que se desestimaron a principios de 2024, dando como resultado la aprobación del acuerdo de resolución del contrato en sede plenaria. Ante este acuerdo, la empresa interpuso recurso de reposición solicitando también la suspensión del acuerdo plenario.

Salida del parking del Romeral en Puente Genil.

Salida del parking del Romeral en Puente Genil. / V. REQUENA

Acuerdo plenario

Estando así las cosas, Velasco explicó que el informe de la secretaría del Ayuntamiento, con fecha 9 de junio de 2024, justifica la desestimación del recurso de la empresa, por lo que "cabe desestimar el recurso de reposición en su integridad, y también desestimar la solicitud de suspensión de la eficacia del acuerdo plenario adoptado en abril de 2024".

El alcalde agregó que a partir de ahora se continuará con el trámite de liquidación y, tras la notificación de la desestimación del recurso, se procederá a la "tramitación del acto de toma de posesión del derecho de superficie".

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