Una mujer ha resultado herida este mediodía tras ser mordida por un perro en el municipio cordobés de Aguilar de la Frontera, según informa Emergencias 112, servicio adscrito a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa de la Junta de Andalucía.

Efectivos del Centro de Emergencias Sanitarias 061 han llamado al 112, sobre las 13:50 horas, para pedir la presencia de las fuerzas del orden porque un perro había mordido a una mujer en la barriada Cerro Poca Paja. De inmediato, el centro coordinador ha activado a la Policía Local.

Fuentes sanitarias y de la Policía Local han confirmado al 112 que la mujer, de 77 años, ha recibido la mordedura de un perro potencialmente peligroso y ha sido evacuada en helicóptero al Hospital Reina Sofía de la capital. Fuentes del centro hospitalario han detallado a CÓRDOBA que no se teme por la vida de la mujer mientras se encuentran observando su evolución en la Unidad de Trauma.

Según han explicado a este periódico fuentes de la Policía Local de Aguilar, el ataque se ha producido en el interior de una vivienda. El perro, indican estas fuentes, pertenecería a un familiar de la mujer herida.

Perros potencialmente peligrosos en Andalucía

En Andalucía, se consideran perros potencialmente peligrosos (PPP) aquellos que pertenezcan a siguientes razas: Pitt Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y Doberman.

La tenencia de cualquier animal de compañía definido como potencialmente peligroso en el artículo 2 del Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la comunidad autónoma de Andalucía, requerirá la previa obtención de una licencia administrativa, que será otorgada por el ayuntamiento del municipio de residencia de quien la solicite.

Según explica la Junta de Andalucía, son animales potencialmente peligrosos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, sean empleados como animales de compañía y, con independencia de su agresividad, se encuadren en especies o razas que tengan la capacidad de poner en peligro la vida o la integridad física de las personas, de otros animales o de provocar daños relevantes en los bienes. En la lista entran las razas de perro anteriormente nombradas, así como aquellos canes adiestrados para el ataque o los que manifiesten un carácter marcadamente agresivo y hayan sido objeto de, al menos, una denuncia por dicha circunstancia o que hayan protagonizado agresiones a personas o ataques a otros animales.