El grupo municipal de Unidad Vecinal Egabrense (UVE) elevará al Pleno de Cabra en su próxima sesión, una moción en la que insta al Ayuntamiento de Cabra a realizar inicialmente una convocatoria de ayudas para el abono total o parcial de las cuotas de la Seguridad Social para la contratación legal de personas cuidadoras en régimen interno de personas mayores o dependientes que necesiten de unos cuidados continuados debido a su estado de salud y que los medios económicos de los que dispongan, les imposibiliten el pago de dichas cuotas.

Una petición que hace al Ayuntamiento tras haber instado en la misma moción a que dicha petición se realice mientras que la Junta de Andalucía establece esa serie de convocatorias.

Para ello, UVE indica que el contrato laboral deberá tener una duración mínima de 12 meses, siendo el objeto del contrato, la prestación del servicio de cuidado de personas mayores o dependientes en su hogar y que la retribución pactada en el contrato de trabajo, tiene que ser igual o superior al salario mínimo interprofesional.

Además, señala que, si la contratación se realizase a tiempo parcial, la cuantía de la ayuda será directamente proporcional a la jornada laboral contratada y recibirá un 60% de la subvención al principio de la relación laboral y el 40% restante al final, contra justificación.

Para ello la persona contratante, beneficiaria de la ayuda, deberá tener más de 18 años, estar empadronada y residir legalmente en Cabra, estar al corriente de las obligaciones tributarias y, si procede, las obligaciones con la Seguridad Social y tener unos ingresos brutos anuales de la unidad familiar comprendidos entre los tramos que se estimen oportunos por parte del Patronato Municipal de Bienestar Social y de la Delegación de Promoción de Empleo.

Por su parte, la persona trabajadora deberá llevar dos años sin estar dada de alta en la Seguridad Social a contar desde la fecha de la firma del contrato y en el caso de no tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea deberán cumplir una serie de requisitos, como que en el supuesto de que tengan residencia legal que no las autorice a trabajar, las personas extranjeras tienen que solicitar la correspondiente modificación o autorización inicial de trabajo.

Y en el supuesto de no tener residencia legal, cumplir con los supuestos que establece la normativa estatal para acceder al arraigo social, es decir, tres años de permanencia en España, que hay que acreditar por medio del empadronamiento y no tener antecedentes penales en el Estado español ni en el país de origen.

UVE entiende que estas ayudas irían dirigidas a la contratación no sólo de personas inmigrantes, sino a cualquiera que desempeñase la labor de cuidador interno, aunque si bien como se expresa en el texto “la realidad nos dice que la práctica totalidad de estas personas corresponden con el perfil de mujeres procedentes en su mayoría de países latinoamericanos”-

Una convocatoria de ayudas que, de salir adelante, termina apuntando UVE, contribuirá de manera directa e indirecta al desarrollo de Cabra, “pues ayudaría a la regularización de este sector y facilitaría la obtención de autorizaciones de residencia y trabajo a muchas trabajadoras y, en definitiva, contribuiría al progreso de nuestra sociedad hacia un modelo económico y social más justo y equitativo”.