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Tribunales

El TSJA reconoce la incapacidad permanente total a un electricista cordobés de 48 años por sus limitaciones físicas

En el momento de valoración en 2023, el trabajador tenía 48 años de edad y sufría tanto ciática como artrosis

Dos electricistas trabajan en una vivienda en obras.

Dos electricistas trabajan en una vivienda en obras. / EDUARDO RIPOLL

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Pilar Cobos

Pilar Cobos

Córdoba

Limitado para grandes esfuerzos físicos, posturas forzadas y cargar pesos. La sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido la incapacidad permanente total para su profesión habitual a un electricista de la construcción de Córdoba, a quien el expediente médico identificó en el momento de su valoración, en 2023, con 48 años de edad. Estaba de baja desde agosto de 2021.

La sentencia del alto tribunal andaluz, del pasado 26 de junio, estima el recurso del trabajador y revoca la resolución de la sección Social del Tribunal de Instancia de Córdoba, plaza 2 (antiguo juzgado de lo Social 2), que había rechazado su demanda frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Pensión denegada

El cuadro médico recogido por el equipo de valoración de incapacidades señala una ciática, un desgaste muy avanzado en las dos rodillas (gonartrosis femoropatelar de grado III-IV) y una fractura del húmero derecho tras un accidente de tráfico. "Limitado para grandes esfuerzos físicos, posturas forzadas, cargar pesos", detalla el informe.

Pese a ello, la Administración le denegó reconocimiento de grado alguno de incapacidad permanente. Después de esto, en noviembre de 2025, el juzgado de lo Social desestimó la demanda del trabajador contra el INSS y la TGSS, denegando la pensión de incapacidad permanente solicitada.

Sede del TSJA, en Granada.

Sede del TSJA, en Granada. / Europa Press

"Merecedor del grado de incapacidad permanente"

En cambio, el TSJA detalla en su sentencia que "su profesión (...) requiere estar en bipedestación prolongada permaneciendo horas de pie, desplazamientos continuos por obras, subidas y bajadas de escaleras y andamios, así como estructuras, posturas forzadas, bien agachado, brazos elevados por encima de los hombros, manipulación de herramientas pesadas, carga de materiales eléctricos de la obra pesados como tubos para canalizaciones y equipos, cableados, requiriendo una situación física óptima en relación con la movilidad, fuerza e importantes requerimientos físicos (...) con posturas forzadas de cuello, espalda y hombros".

"Esta limitación que padece para mantener posturas forzadas, para realizar grandes esfuerzos, así como cargas de pesos, que ha sido objetivada por el médico evaluador y recogido en el informe de síntesis y dictamen propuesta del INSS, le hacen merecedor del grado de incapacidad permanente solicitado para su profesión habitual de electricista", concluye.

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