Junta Electoral de Zona
Multan con 300 euros a Rafi Crespín, secretaria general del PSOE de Córdoba, por difundir un vídeo en Facebook en la jornada de reflexión del 17M
La resolución estima una denuncia presentada por el PP y considera que la secretaria general del PSOE de Córdoba difundió mensajes de contenido político sobre la sanidad pública el día antes de las elecciones andaluzas del 17M

Rafi Crespín, secretaria provincial del PSOE de Córdoba, durante un acto del PSOE en Puente Genil en 2025. / A.J. González

La Junta Electoral de Zona de Córdoba ha impuesto una multa de 300 euros a Rafi Crespín por una publicación en Facebook realizada durante la jornada de reflexión de las pasadas elecciones andaluzas, del 17 de mayo. La resolución parte de una denuncia presentada por el PP contra la secretaria general del PSOE de Córdoba y diputada en el Congreso, al considerar que el vídeo difundido el día antes de la jornada electoral podía influir en el voto.
Según el acta de la Junta Electoral de Zona, al que ha tenido acceso Diario CÓRDOBA, se considera acreditado que Crespín difundió en su perfil de Facebook un vídeo en el que valoraba la campaña y empleaba mensajes políticos relacionados con la situación sanitaria en la provincia.
El PSOE de Córdoba recurre la resolución
Contra la decisión de la Junta Electoral de Zona, con fecha del 24 de junio (ayer miércoles), cabe presentar recurso de alzada ante la Junta Electoral Provincial en el plazo de 24 horas desde su notificación. En ese sentido, fuentes del PSOE de Córdoba han confirmado a este periódico que han "iniciado proceso de recurso".
El expediente se basa en el artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), que prohíbe difundir propaganda electoral o realizar actos de campaña durante la jornada de reflexión. La resolución considera que Rafi Crespín actuó en su condición de secretaria general del PSOE de Córdoba y diputada en el Congreso.
Por todo ello, la Junta Electoral señala que la conducta constituye una infracción electoral y aplica la sanción mínima prevista, es decir, 300 euros, al entender que la cuantía es “moderada y proporcional” a los hechos declarados probados.
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