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Tribunales

Víctimas de Adamuz comienzan a oponerse a la imposición de un abogado único

El abogado Luis Romero alega ante la jueza de Montoro que la medida vulneraría el derecho fundamental a elegir la defensa

Acceso a los juzgados de Montoro.

Acceso a los juzgados de Montoro. / Víctor Castro

Pilar Cobos

Pilar Cobos

Córdoba

Víctimas del accidente de trenes de Adamuz (Córdoba) han comenzado a oponerse en estos días a la propuesta formulada por el juzgado de Instrucción 2 de Montoro para que designen a un único abogado que las represente a todas en la causa judicial que investiga la tragedia.

El letrado de la familia Morillo, Luis Romero, ha anunciado este martes que han interpuesto un recurso de reforma contra la providencia dictada el 22 de abril pasado, que obliga a las acusaciones particulares a unificarse bajo una sola dirección letrada. La jueza instructora, Cristina Pastor, les previene además de que si no llegan a un acuerdo, el propio juzgado les impondrá esa representación.

En su recurso, Luis Romero argumenta que la medida vulnera el artículo 24 de la Constitución Española, en su vertiente de tutela judicial efectiva y derecho de defensa, al restringir la facultad de las víctimas de elegir libremente a su abogado.

El escrito, presentado por la procuradora María José Carralero, invoca además el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que reconoce el derecho a la libre designación de letrado, proyectable también sobre las acusaciones particulares como titulares de la acción penal y civil.

En tercer lugar, cuestiona la interpretación extensiva del artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite unificar representaciones cuando lo exija la buena marcha del procedimiento. En su opinión, "la resolución judicial no acredita la existencia de perturbación real del proceso, ni la imposibilidad de adoptar medidas menos restrictivas, convirtiendo una facultad excepcional en una regla general".

Así, valoran que existe una carencia de motivación suficiente, en contravención del artículo 120.3 de la Constitución, "ya que la providencia se limita a invocar genéricamente la economía procesal sin concretar qué perjuicios procesales se están produciendo". A esto añaden que "la medida es desproporcionada (...) existen alternativas menos restrictivas, puede generar conflictos de interés entre perjudicadas y el sacrificio del derecho de defensa es superior al beneficio organizativo".

Por todo ello, en este recurso solicitan que se deje sin efecto el requerimiento de unificación obligatoria, "con expresa declaración del derecho de las representadas a mantener los profesionales libremente designados".

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