Tribunales
Condenan al Ayuntamiento de Córdoba a indemnizar a un vecino por los daños causados por un eucalipto
El Ayuntamiento de Córdoba deberá abonar 6.569,09 euros a un ciudadano por los daños causados a su nave industrial tras la caída de un eucalipto ubicado en la vía pública

Viandantes caminan ante la fachada del Ayuntamiento de Córdoba. / Francisco González

La Sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Córdoba ha fallado a favor de un ciudadano de Córdoba, que responde a las iniciales J.M.C., al que se le cayó encima de una nave industrial de su propiedad un árbol de grandes dimensiones. Se trataba concretamente de un eucalipto que estaba plantado en la acera, junto a la nave. El hombre acudió a la justicia después de que el Ayuntamiento de Córdoba no le contestase en vía administrativa para denunciar los daños sufridos en la citada nave industrial, que se encuentra ubicada en el polígono industrial de la Torrecilla de la capital cordobesa.
El demandante reclamaba la cantidad de 6.569,09 euros, y finalmente el Ayuntamiento de Córdoba ha sido condenado al abono de esa cifra, más los intereses correspondientes y al pago de las costas causadas en el presente procedimiento, hasta el límite máximo de 400 euros por todos los conceptos. La sentencia es firme, ya que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno.
Una rama de grandes dimensiones
El Ayuntamiento inadmitió la reclamación por responsabilidad patrimonial al considerar que era el Consorcio de Compensación de Seguros el responsable del abono de la indemnización pretendida. La reclamación administrativa inicial, objeto de dos recursos contencioso- administrativos, tenía su fundamento en la caída de una parte de un eucalipto de grandes dimensiones sobre el techo de una nave del reclamante. En el pleito anterior, el juez determinó que el daño no tenía su origen en un “riesgo extraordinario” (una tormenta ciclónica) asumible por el Consorcio de Compensación de Seguros, sino en la caída paulatina de una rama de grandes dimensiones sobre el tejado de la nave.
El árbol que se encontraba plantado en el acerado de la vía pública, por lo que el juez ha entendido ahora que ese extremo ya no podía ser objeto de discusión en el segundo pleito al haber sido ya juzgada la cuestión. Una vez resuelta la responsabilidad del Ayuntamiento, quedaba por determinar el importe de los daños y el Juez ha estimado la cantidad reclamada por el perjudicado, dado que este ha aportado dos informes periciales y por parte del Ayuntamiento de Córdoba y su aseguradora no se ha dispuesto de ninguno alternativo que pudiera contradecir las conclusiones de los peritos de la parte recurrente.
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