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Tribunales

Un cordobés, en proceso de extradición a Perú para cumplir 15 años por narcotráfico

La Audiencia Nacional confirma la prisión provisional para el detenido, de 49 años de edad, que es reclamado por pertenecer supuestamente a una organización criminal y traficar con droga en grandes cantidades

Fachada de la Audiencia Nacional, en Madrid.

Fachada de la Audiencia Nacional, en Madrid. / EUROPA PRESS

Pilar Cobos

Pilar Cobos

Córdoba

La Audiencia Nacional ha confirmado el ingreso en prisión para un individuo nacido en Córdoba, de 49 años de edad, que es reclamado por Perú para cumplir 15 años de prisión por presunto narcotráfico. Esta persona fue arrestada el 17 de marzo pasado, como consecuencia de una orden internacional de detención expedida por las autoridades peruanas.

Después de esto, la plaza 2 de Instrucción del Tribunal Central de Instancia de Madrid acordó la prisión provisional, incondicional y comunicada. También resolvió que "la medida quedará sin efecto si no se formaliza la demanda de extradición en el plazo de 80 días", a contar desde la detención del reclamado.

La defensa recurrió el auto judicial, solicitando que permanezca en libertad "bajo presentaciones semanales al juzgado o cualquier otra medida cautelar que se estime oportuna". Entre otras cuestiones, alegó que el reclamado es español y tiene su residencia permanente en España, quedando así acreditado su arraigo personal, familiar y laboral, "descartando el riesgo de fuga". A esto añadió que la prisión es "una medida desproporcionada".

"Está muy lejos de ser un delincuente primario"

Sin embargo, el Ministerio Fiscal recuerda que este individuo debe afrontar una pena de 15 años de cárcel, "que le ha sido impuesta por la autoridad judicial peruana en cuanto integrante de una organización delictiva dedicada a la perpetración de un delito contra la salud pública con sustancia estupefaciente que causa grave daño a la salud, en cuantía de notoria importancia". Asimismo, subraya que "está muy lejos de ser un delincuente primario".

En esta línea, la Audiencia Nacional desestima el recurso del procesado y alude a "la gravedad de los hechos y de la pena objeto de la extradición, así como las posibilidades de contactos del reclamado que podrían favorecer su fuga". A ello suma que "Perú tuvo que acudir al presente instrumento de cooperación internacional para poder poner a disposición judicial al recurrente". Entienden los magistrados que la prisión provisional es una medida "proporcional, así como necesaria para el aseguramiento de la posible entrega" de esta persona al país sudamericano.

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