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Empleo público

El Ayuntamiento de Córdoba y la controversia por los premios de jubilación: ¿qué son estas gratificaciones económicas y quiénes las cobran en España?

Aunque no es obligatoria por ley, los premios de jubilación son una gratificación que reciben algunos trabajadores al final de su vida laboral, como ocurre en la Junta de Andalucía y la Diputación de Córdoba

Funcionarios de la Agencia Tributaria en su puesto de trabajo.

Funcionarios de la Agencia Tributaria en su puesto de trabajo. / Victoria Flores

Irina Marzo

Irina Marzo

CÓRDOBA

La controversia por el cobro de los premios de jubilación en el Ayuntamiento de Córdoba plantea la cuestión de qué son estas gratificaciones económicas y quiénes las están percibiendo en España. En general, los premios de jubilación son pagas extraordinarias que reciben algunos trabajadores al final de su vida laboral. Aunque no son obligatorias por ley, algunos convenios colectivos de empresas privadas los contemplan, al igual que algunas administraciones públicas como la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Córdoba o la Diputación. No obstante, en el caso de la administración hay controversia jurídica sobre su legalidad, y el mismo Tribunal Supremo ha declarado en varias sentencias que los premios de jubilación a los funcionarios no son ajustados a derecho, ya que incumplen el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, al constituir una gratificación no permitida ni justificada como acción social.

¿Quiénes lo cobran?

Más allá de las controversias jurídicas, los premios de jubilación los están percibiendo ya trabajadores de empresas en cuyos convenios o contratos individuales vienen recogidos en casos de antigüedad del empleado o por cese voluntario o jubilación anticipada, y los funcionarios públicos que tienen contemplada esta gratificación extraordinaria en sus acuerdos de personal.

En general, las empresas o administraciones que otorgan los premios de jubilación suelen exigir al trabajador una antigüedad mínima en la empresa y tener cotizados al menos 15 años. La cuantía de los premios suele ser una cantidad equivalente a un mes de salario (incluidas pagas extras) o estar basada en la antigüedad. El 30% del importe del premio de jubilación está exento de IRPF, y está sujeto a cotización a la Seguridad Social. El pago de la cantidad se percibe de una sola vez en el momento de la jubilación.

Córdoba Edificio administrativo de la Junta de Andalucía en Córdoba Delegaciones provinciales, antiguos Juzgados y Audiencia Provincial

Edificio administrativo de la Junta de Andalucía en Córdoba. / A.J.GONZALEZ

El premio de jubilación en la Junta de Andalucía

El premio de jubilación para el personal funcionario de la Junta de Andalucía se instauró en noviembre de 2003 y la última vez que se actualizó su importe fue en abril de 2022. De este modo, la administración andaluza pasó a pagar 174,47 euros por año de servicio o fracción superior a seis meses; estableció la actualización anual a partir del ejercicio siguiente al de su entrada en vigor, conforme al porcentaje de variación salarial establecido en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente para cada ejercicio; y, por último, se exigió que los servicios prestados que deben considerarse incluidos en el concepto año de servicio, incorporaran de forma expresa las situaciones administrativas de excedencia para atender al cuidado de hijos o familiares, etcétera.

Diputación de Córdoba

En la Diputación de Córdoba el premio de jubilación se da, pero no se llama así. En el convenio de la institución provincial viene recogido por el concepto de evaluación del desempeño, y aunque lo están cobrando los extrabajadores del Palacio de la Merced, está a la espera de que se desarrolle el artículo 20 del Estatuto Básico del Empleado Público.

En todo caso, el importe del complemento por la evaluación del desempeño para el personal empleado en la Diputación se fija en la cantidad de 175 euros por año de servicio. El acuerdo contempla que el precio se actualice cada año conforme al porcentaje de incremento retributivo previsto en las leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

Ayuntamiento de Córdoba

El convenio del Ayuntamiento recoge que el premio extraordinario de jubilación del personal funcionario será de 12.350 euros y que se actualizará cada año conforme al IPC. En los casos de jubilación anticipada del personal funcionario y laboral dependerá de la edad de acceso a esta última: así cuando sea dos años antes de la edad legal de jubilación, el premio será de 19.271,5 euros y cuando sea un año antes de la edad legal de jubilación será de 9.635,75 euros.

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