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Recursos humanos

Ya hay informe jurídico sobre los premios de jubilación de 400 exempleados del Ayuntamiento de Córdoba

Los sindicatos tienen en su poder el documento firmado por el letrado jefe

Fachada del Ayuntamiento de Córdoba.

Fachada del Ayuntamiento de Córdoba. / CÓRDOBA

Irina Marzo

Irina Marzo

Córdoba

El Ayuntamiento de Córdoba ya dispone dr el nuevo informe del jefe de la asesoría jurídica municipal, Miguel Aguilar, sobre los polémicos premios de jubilación, una gratificación de 12.350 euros que tienen derecho a cobrar los exempleados municipales. En concreto, en esta situación están unos 200 empleados municipales jubilados a partir de diciembre de 2023, que están a la espera de recibir el premio, pero que se vieron afectados por la entrada en vigor el 14 de diciembre de 2023 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía (LFPA). Esta ley impidió que pudiesen percibir las gratificaciones al no tener el Ayuntamiento de Córdoba un reglamento municipal específico que lo permitiese.

Aunque ya se dispone de ese reglamento municipal, el problema después lo plantearon otros tantos exempleados municipales jubilados entre 2021 y 2023 que exigen la aplicación retroactiva del premio esgrimiendo, además, que la bonificación por jubilación ya se recogía en el convenio colectivo de Capitulares. De hecho, algunos de esos exempleados lo solicitaron en su día e incluso llegaron a cobrar algunas anualidades. Después, tras un requerimiento de la Junta de Andalucía, en agosto de 2021, todos los premios de jubilación quedaron en suspenso.

Así las cosas, después de varias ocasiones fallidas de llevar al Pleno de Córdoba la resolución sobre estos premios de jubilación y de la falta de acuerdo entre los afectados, la delegada de Recursos Humanos, Cintia Bustos, requirió un segundo informe al letrado jefe para el desempate, que es el que ahora está en manos de los sindicatos.

Ayuntamiento de Córdoba. El alcalde de Córdoba, José María Bellido, preside el Pleno extraordinario. En el Salón de Plenos

El alcalde de Córdoba, José María Bellido, en el Pleno extraordinario del martes. / Manuel Murillo / COR

Qué dice el informe

El letrado jefe recoge en un informe de 13 páginas la necesidad de levantar la suspensión y proceder al abono de las cantidades pendientes de pago a los exempleados que adquirieron el carácter de firme en vía administrativa y que fueron objeto de suspensión en su ejecución por resolución del teniente de alcalde delegado de recursos humanos de 7 de septiembre de 2021. Sin embargo, en relación a las solicitudes del premio de jubilación no resueltas, el letrado recomienda proceder a su tramitación y denegar su abono al considerar que antes de la entrada en vigor de la LFPA no existía norma alguna que habilitara su pago.

Por otro lado, el informe aconseja iniciar los expedientes de revisión de oficio de las resoluciones dictadas en su día concediendo los premios de jubilación al amparo de lo dispuesto en el artículo 94 del Convenio Único de los Empleados Municipales del Ayuntamiento de Córdoba, que adquirieron el carácter de firme en vía administrativa. Pero dice que no procede iniciar expedientes de revisión de oficio de las resoluciones dictadas en su día concediendo los premios de jubilación al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Convenio Único de los Empleados Municipales de este Ayuntamiento, al haber considerado el Consejo Consultivo de Andalucía, aún constatada la existencia de la causa de nulidad tan repetida, que no procede su declaración por el juego de los límites al ejercicio de las facultades de revisión previstos en el artículo 110 de la Ley 39/2015.

En última instancia, el informe insta a aprobar el reglamento regulador de los premios de jubilación de las personas empleadas públicas municipales para el reconocimiento y abono de premios de jubilación al personal municipal.

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