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Empleo público

Córdoba establece cuatro listas de reserva para cubrir plazas vacantes en el Ayuntamiento y agilizar procesos

El Consistorio cordobés ha aprobado un nuevo sistema para seleccionar a los aspirantes a funcionarios interinos

Trabajadores del Ayuntamiento de Córdoba, durante su jornada laboral.

Trabajadores del Ayuntamiento de Córdoba, durante su jornada laboral. / Manuel Murillo

Irina Marzo

Irina Marzo

CÓRDOBA

La junta de gobierno local aprobó este lunes el nuevo funcionamiento y constitución de las listas de reserva para nombramientos de interinos y contratación temporal del Ayuntamiento de Córdoba, que establece la creación de una lista ordinaria, una lista extraordinaria, una lista de promoción interna y una lista excepcional para la ocupación de plazas vacantes. En el acuerdo se han recogido, además, los criterios que han de servir de base para el procedimiento de selección y llamamiento del personal aspirante a ser nombrado funcionario en régimen de interinidad en Capitulares. En el manual de nuevos usos aprobado se recoge que habrá una lista de reserva por cada categoría profesional. Además, las listas serán temporales y no se podrán encadenar nombramientos para el mismo puesto de trabajo cuando esto suponga una utilización indebida de la figura de la interinidad.

Lista ordinaria

La lista ordinaria estará formada por los aspirantes que tras participar en las pruebas selectivas para nombramiento de personal funcionario de carrera, correspondiente a la última Oferta de Empleo Público, y no habiendo obtenido plaza, hubieran superado, al menos, un ejercicio. El personal que integrará esta lista estará ordenado en función del número de ejercicios aprobados, de mayor a menor y, a igualdad de estos, de mayor a menor puntuación. Su vigencia finalizará una vez se haya constituido una nueva lista ordinaria como consecuencia de la ejecución de un nuevo y posterior proceso selectivo libro de la OEP de la misma categoría.

Viandantes caminan ante la fachada del Ayuntamiento de Córdoba.

Viandantes caminan ante la fachada del Ayuntamiento de Córdoba. / FRANCISCO GONZÁLEZ

Lista extraordinaria

La lista extraordinaria estará integrada por las personas aspirantes que hubieran formado parte de las diferentes listas ordinarias correspondientes a las pruebas selectivas de las tres OEP anteriores a la que se encuentre vigente. A tales efectos, los integrantes se ordenarán, en primer lugar, en la lista de la categoría que corresponda, en función de la menor antigüedad de la convocatoria; en segundo lugar, y entre aquellos que provengan de la misma Oferta de Empleo Público, en función del número de ejercicios aprobados y nota obtenida. Una vez finalizada la vigencia de la lista ordinaria, y sin perjuicio de su posible prórroga, deberá actualizarse la lista extraordinaria. De tal manera que, con carácter general, y sin perjuicio de las actualizaciones que correspondan por el normal funcionamiento de la lista, deberán de aprobarse y publicarse las listas de personas que quedan incluidas y excluidas.

Lista promoción interna

La lista de promoción interna estará formada por los aspirantes que, tras participar en la correspondiente convocatoria para el acceso por promoción interna a plazas de funcionario de carrera de una determinada categoría, y no habiendo obtenido plaza, hubieran superado, al menos, un ejercicio de la fase de oposición. El personal que integre ésta lista estará ordenado en función del número de ejercicios aprobados, de mayor a menor y, a igualdad de estos, de mayor a menor puntuación. Su vigencia finalizará una vez se haya constituido una nueva lista de promoción interna como consecuencia de la ejecución de un nuevo y posterior proceso de promoción interna de la misma categoría.

Lista excepcional

En el caso de que las listas anteriores estén agotadas y se hayan convocado procesos selectivos para coberturas de necesidades de extraordinaria urgencia, consecuencia de la no disponibilidad de personal en el resto de listas vigentes en el momento de la necesidad, la lista de aspirantes que habiendo concurrido a las precitadas pruebas selectivas y no habiendo obtenido plaza como interino hubieran superado uno o más ejercicios, de acuerdo a lo establecido en las bases y conforme a las actas de los correspondientes órganos de selección, formarán también una lista denominada excepcional. El personal que integre esta lista será ordenado en función del número de ejercicios aprobados, de mayor a menor y, a igualdad de estos, de mayor a menor puntuación.

Sólo se podrá acudir a esta lista excepcional una vez se constate el agotamiento de todas las listas de reserva vigentes para una determinada categoría, la no existencia de procesos selectivos convocados o pendientes de convocar en el tiempo que queda para poder ejecutar la OEP que esté vigente en ese momento y, en todo caso, de existir personal aspirante disponible en el resto de listas, deberá acudirse a ellas en primer lugar.

Su vigencia finalizará a los 3 años de su constitución, sin perjuicio de su prórroga de acuerdo a las necesidades urgentes de personal apreciadas por el departamento de personal.

Criterios de desempate

En caso de empate entre personas integrantes de una misma lista ya ordenada, se establecerá aplicando sucesivamente los siguientes criterios. En primer lugar, se seleccionará la persona cuya letra inicial del primer apellido coincida con la letra obtenida en el último sorteo que se haya celebrado para determinar el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas. En el supuesto de que no existieran aspirantes cuyo primer apellido comience por la citada letra, se ordenará primero por aquel cuyo primer apellido comience por la letra que le siga en el abecedario, y así sucesivamente. Para cualquier duda que pueda surgir en su aplicación, regirán los criterios de prelación y ordenación alfabética. En los casos en los que una misma persona pueda formar parte de más de una de las listas mencionadas, se ordenará en la lista que corresponda en una única posición atendiendo al orden de prioridad preestablecido en las disposiciones generales. Esto es, primera lista ordinaria, segunda extraordinaria, tercera lista de promoción interna y cuarta excepcional.

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