Tribunales
El TSJA reduce la condena por abuso sexual a un hombre que manoseó a una mujer en una barbacoa en Córdoba
El acusado, tras ser condenado inicialmente por el Juzgado de lo Penal 1 de Córdoba, deberá cumplir nueve meses de multa y seis de prisión, además de la prohibición de comunicarse con la víctima

Imagen de archivo de la sede del TSJA en Granada. / Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por un hombre que fue condenado por el Jugado de lo Penal 1 de Córdoba en septiembre y lo condena como autor de un delito de abuso sexual y otro contra la libertad sexual, en los que concurren las atenuantes de reparación del daño y embriaguez, a 9 meses de multa con la cuota diaria de 10 euros y a la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante un año y a 6 meses de prisión por el segundo delito. Los hechos se remontan a mayo de 2022, cuando el acusado invitó a su íntimo amigo y a su pareja a una barbacoa en la nave de su propiedad situada en el polígono de Las Quemadas de Córdoba.
Según recoge la sentencia, tras haber pasado el día comiendo, bebiendo y jugando al dominó, la mujer se echó a dormir en una butaca y mientras dormía sintió como la mano del amigo de su pareja "le pellizcaba por fuera de la ropa el pecho derecho", al tiempo que el hombre le decía "vente conmigo". La mujer le pidió que la dejara en paz, se dio la vuelta y siguió durmiendo. Un año más tarde, en agosto de 2023, la pareja decidió regresar a la parcela del acusado para celebrar un nuevo perol y tras pasar el día comiendo y bebiendo decidieron quedarse a dormir allí los tres. La pareja se acostó en un colchón de matrimonio hinchable, mientras que el acusado se acostó en un colchón que había en la misma estancia, aunque separado del anterior unos metros de ellos. Al rato, según el escrito recogido por el TSJA, la mujer notó cómo una mano se adentraba por su cuello hacia el interior de su pecho izquierdo comenzando a tocarlo de forma reiterada por debajo del sujetador. Cuando la mujer descubrió que de nuevo era el ahora acusado quien la tocaba, le increpó su actitud y abandonó junto a su pareja el lugar de los hechos. Más tarde, la pareja envió sendos mensajes de WhatsApp al acusado recriminándole su acción. Así, la agredida le escribió: "Es la segunda vez que me faltas el respeto. No tienes que tocar el cuerpo de ninguna mujer sin su consentimiento. ¿A (nombre de otra mujer) también la manoseas las tetas cuando se queda a dormir?", recoge la sentencia.
Atenuante de embriaguez
El acusado se excusó también por teléfono: "Me avergüenzo y pienso en ello todos los días, todavía no sé qué me paso ni en qué pensaba, sé que el alcohol ingerido tuvo mucho que ver, aunque no tengo excusa y sé que no tengo perdón, solo quiero que sepas que ha sido unos de los peores momentos de mi vida y que, aunque sé que no volveré a veros, he perdido dos buenos amigos, os echaré de menos siempre, mis más sinceras excusas, hasta siempre, os llevaré mi corazón, lo siento mucho". También respondió al mensaje de la pareja de la chica que le había recriminado su actitud excusándose de nuevo por el alcohol ingerido: "Tengo una borrachera como un piano, sé que no es excusa no sé qué me ha pasado, lo siento mucho, sé que esto no tiene perdón".
En primera instancia, la jueza condenó al acusado por un delito de abusos sexuales y un delito contra libertad sexual, con la atenuante de embriaguez, a las penas de multa de 18 meses con una cuota diaria de 10 euros y a la pena de prisión por tiempo de un año, así como la prohibición de aproximación a la demandante durante un plazo de dos años. Además, se le condenaba a abonar la suma de 1.000 euros por los daños morales causados.
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