Audiencia Provincial
Absuelto de homicidio imprudente el conductor que atropelló mortalmente a un hombre en Villarrubia y huyó
Ha sido condenado a dos años y medio de prisión por abandonar el lugar del accidente

Estado en el que quedó el coche tras el atropello. / CÓRDOBA
La Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a un conductor acusado de homicidio imprudente tras atropellar mortalmente a un hombre en la A-431, en el término municipal de Córdoba, concretamente en Villarrubia, aunque lo ha condenado a dos años y seis meses de prisión por abandonar el lugar del accidente sin prestar auxilio.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, los hechos se remontan al 6 de octubre de 2019. Sobre las 23.30 horas, la víctima circulaba en ciclomotor cuando cayó a la calzada. Agentes de la Guardia Civil acudieron al lugar y le practicaron pruebas de alcoholemia y drogas, que resultaron positivas. Tras marcharse los efectivos, el hombre regresó a la vía.

Carretera A-431 a su paso por la barriada periférica de Villarrubia en Córdoba. / CÓRDOBA
El hombre regresa a la vía
Ya en torno a la 1.45 horas, fue arrollado por un turismo cuando se encontraba agachado en el margen derecho de la carretera, a menos de tres metros de la línea blanca que delimita la calzada. Según el fallo, seguía ebrio y no llevaba chaleco reflectante ni prendas que facilitaran su visibilidad. El conductor frenó bruscamente, pero “no pudo evitar el impacto”.
Inicialmente detuvo el vehículo y se apeó, aunque instantes después volvió a subirse y abandonó el lugar “a sabiendas del atropello”. La víctima sufrió un traumatismo craneoencefálico severo y una hemorragia cerebral que le causaron la muerte.
La Audiencia niega homicidio imprudente
La acusación particular solicitaba seis años de prisión por homicidio por imprudencia grave, además de penas por abandono del lugar del accidente y conducción temeraria. Sin embargo, la Audiencia solo aprecia el delito de abandono y le impone dos años y medio de cárcel, así como la retirada del permiso de conducir durante ese tiempo.
El tribunal descarta el homicidio imprudente al considerar que el acusado circulaba a “velocidad normal”, en una zona “muy oscura”, y sobre todo que no existió conducción temeraria. También subraya que la víctima infringió las normas de circulación al permanecer en la calzada. Aunque el informe técnico apunta a un posible fallo humano, la Sala concluye que no concurren los elementos necesarios para apreciar imprudencia penalmente relevante.
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