Tribunales
La Justicia revoca la sanción de Defensa a un comandante por el caso Cerro Muriano
El juez declara desproporcionada la medida adoptada tras el caso Cerro Muriano y reconoce la vulneración de derechos fundamentales

Militares en la entrada al campo de maniobras de Cerro Muriano / A. J. González

El pasado 16 de diciembre fue notificada la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 3 a favor del comandante Velasco, una resolución que ya es firme y que anula la suspensión de funciones y el cese en el destino acordados por el Ministerio de Defensa en el contexto del conocido caso Cerro Muriano.
El procedimiento judicial se inició tras la demanda interpuesta por el propio comandante contra la resolución de la ministra de Defensa que decretó su apartamiento cautelar del servicio. Ahora, el órgano judicial concluye que aquella decisión fue contraria a derecho y, por tanto, debe ser anulada.
Desproporcionalidad
La sentencia sostiene que la Administración no respetó el principio de proporcionalidad ni garantizó adecuadamente derechos fundamentales como el de defensa y la presunción de inocencia en el marco de medidas cautelares. En un pronunciamiento especialmente contundente, el juzgado afirma que “la medida complementaria de cese en el destino resulta desproporcionada, y, en todo caso, carente de legitimación en aras de salvaguardar el interés general”. Asimismo, rechaza el argumento de que su continuidad en el puesto generara una sensación de impunidad y subraya que, según el criterio de su superior directo, su cese perjudicó el interés del servicio.
En ejecución del fallo, el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa publicó este miércoles la resolución que reconoce como tiempo efectivo de servicio el periodo en que el comandante permaneció suspendido, anula formalmente la medida adoptada y le restituye en su anterior destino y puesto.
La dirección jurídica del procedimiento ha estado a cargo de Nazaret Calzado, letrada de Empresa y Ley, quien ha expresado su satisfacción por el resultado del proceso, al considerar que la sentencia restablece plenamente los derechos fundamentales de su defendido.
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