Tribunales
Todos los juzgados de lo Contencioso respaldan no indemnizar por la recogida neumática
Ya se han emitido más de 20 sentencias favorables a los intereses municipales

Buzones para la recogida neumática instalados en un residencial. / A. J. GONZÁLEZ

Los cuatro juzgados de lo Contencioso-Administrativo que hay en Córdoba capital han emitido ya sentencias que dan la razón al Ayuntamiento en las reclamaciones de los vecinos por el sistema de recogida neumática de basura. Usando argumentos muy similares, con la misma cuestión de fondo, los titulares de los cuatro órganos judiciales han emitido ya más de una veintena de sentencias que rechazan las pretensiones de los vecinos de ser indemnizados por haber tenido que pagar de más por sus pisos.
Las comunidades de propietarios, y también alguna junta de compensación y algún que otro particular, habían pedido primero al Ayuntamiento el pago del dinero que tuvieron que desembolsar de más por tener instalados en sus residenciales los buzones para depositar la basura. Unos cuartos instalados en la mayoría de los pisos nuevos de la zona de poniente y que nunca han llegado a usarse con el fin original, toda vez que, cabe recordar, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anuló directamente el plan. Cuando el Ayuntamiento no contestó a estas reclamaciones, los asuntos se judicializaron.

Buzones para la recogida neumática instalados en un residencial. / A. J. GONZÁLEZ
Las claves de las sentencias
Ahora, los juzgados de lo Contencioso-Administrativo 1, 2, 3 y 4 de Córdoba eximen al Ayuntamiento de pagar dando cabida al margen de tolerancia dentro del que puede errar una administración pública mientras ejerce sus competencias. Lo que dicen los tribunales es que el perjuicio que sufrieron los vecinos (el de tener que pagar de más por sus viviendas) entra dentro de lo habitual cuando el poder público actúa dentro de sus competencias. Entienden además que el Ayuntamiento nunca actuó de manera arbitraria al aplicar el plan de recogida neumática, a pesar de que luego el TSJA lo anulara (años después de que se estuviera aplicando a través de las exigencias de que los residenciales contaran con esos buzones). También es clave el hecho de que no se observe daño antijurídico, pues al no haberlo no puede prosperar una reclamación de responsabilidad patrimonial.
Todavía cabe recurso
En total, son unas 80 reclamaciones las que se presentaron por parte de las comunidades de vecinas y todo apunta a que el 100% irán en el mismo sentido que las que ya se han emitido. En cualquier caso, a los propietarios les queda una última bala: recurrir al TSJA. Varios despachos que llevan casos de este tipo, a preguntas de este periódico, han señalado que esos recursos dependerán siempre, en última instancia, de si los vecinos quieren seguir con el tema o no. Parte de las fuentes consultadas creen que las reclamaciones sí que podrían prosperar en el TSJA, pero todavía queda tiempo para llegar a ese punto.
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