Audiencia Provincial
Absuelto en Córdoba por falta de pruebas un acusado de abusos sexuales a dos jóvenes, una menor
El tribunal aprecia contradicciones y dudas razonables en los testimonios de las denunciantes

Ciudad de la Justicia de Córdoba, sede de la Audiencia Provincial. / CÓRDOBA
La Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a un hombre acusado de abusos sexuales a las dos hijas de su expareja, una de ellas menor de edad en el momento de los hechos, al considerar que no ha quedado desvirtuada la presunción de inocencia por falta de prueba suficiente e "incoherencia" en el testimonio de las víctimas.
Según recoge la sentencia de la sección Tercera de la Audiencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el acusado mantuvo una relación sentimental sin convivencia con la madre de las jóvenes entre los años 2019 y 2022. La mujer tiene dos hijas: una menor de edad que residía con ella en Córdoba y otra mayor que vivía en Madrid.
Pedían más de nueve años de cárcel
De acuerdo con los escritos de acusación, los hechos imputados por la menor se habrían producido de forma continuada durante aproximadamente seis meses, inicialmente situados entre enero y junio de 2020. Entre esos hechos, la sentencia recoge que el acusado habría “abordado a la menor para agarrarla con la mano por la nuca y darle un beso en la boca, sin consentimiento de esta”, así como “comportamientos obscenos incluidos tocamientos de muslos, glúteos y pechos”. Respecto a la hija mayor, se le atribuían, entre otros episodios, “tocamientos en el pecho” y besos no consentidos.
Por estos hechos, la acusación solicitó penas que en conjunto superaban los nueve años de prisión por delitos continuados de abuso sexual. No obstante, al inicio del juicio oral, el Ministerio Fiscal introdujo una modificación relevante en el relato de los hechos, al advertir un error en las referencias temporales y desplazar los supuestos abusos al periodo comprendido entre enero y junio de 2021. Asimismo, modificó la calificación jurídica respecto de la hija mayor, al constatarse que ya era mayor de edad en el momento de los hechos.
Motivos de la absolución
Entre los factores clave para dictar la absolución, el tribunal destaca la ausencia de pruebas médicas, periciales o documentales objetivas, así como la falta de testigos directos que corroboren los hechos denunciados. La sentencia señala que la madre de las jóvenes no confirma de manera directa los episodios más graves y que su testimonio “solo corrobora el conflicto entre madre e hija, pero no la retahíla de abusos sexuales a los que las acusaciones se refieren”.
En relación con la hija mayor, la madre únicamente pudo corroborar un episodio aislado en el que el acusado “tocó el pecho de su hija, tras un comentario acerca de determinada operación en dicha zona”, un hecho que el tribunal considera insuficiente, por sí solo, para sustentar una condena.
La Audiencia también valora que el padre de las jóvenes aporta únicamente un testimonio de referencia, basado en lo que le contaron sus hijas, y subraya que la denuncia no se interpuso hasta aproximadamente un año después de los supuestos hechos, lo que el tribunal considera difícilmente congruente con una situación de abusos sexuales continuados.
Finalmente, la sentencia resalta que las propias denunciantes mantuvieron posteriormente comunicaciones y un trato de familiaridad con el acusado que resultan “difícilmente compatibles” con el contexto de abusos denunciado, al “denotar una familiaridad que no parece entendible en el contexto de lo que se califican como abusos sexuales continuados”.
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