Bando Municipal
Esto es lo que dice la normativa sobre tirar petardos en Córdoba en Nochevieja: multas de hasta 601.012 euros
El Ayuntamiento de Córdoba establece la norma sobre la prohibición, manipulación y uso de material pirotécnico en la ciudad

Imagen de petardos. / Alberto Estevez (EFE)
El uso de petardos y material pirotécnico durante las fiestas de Navidad en Córdoba, y especialmente en la Nochevieja está estrictamente controlado por la normativa municipal, que restringe el uso de artificios pirotécnicos en estas fechas (así como en otras fiestas populares) por generar riesgos tanto para los vendedores, como para los usuarios esporádicos, así como “molestias y perturbaciones psicofísicas para los vecinos y animales del entorno urbano”.
La norma está fijada por el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, así como lo establecido en el Bando Municipal sobre ‘Prohibición, manipulación y uso de artificios pirotécnicos en las vías públicas y privadas’.
Prohibido tirar petardos en Córdoba
En este sentido, en Córdoba se prohíbe la venta, manipulación y uso de cualquier clase de artículos pirotécnicos, especialmente los conocidos como ‘petardos’, en las vías y zonas de dominio público y privadas, salvo que se cuente con la expresa autorización municipal y de las demás administraciones competentes.

Venta de petardos en una imagen de archivo / Manu Mitru
El bando municipal recuerda que, incluso en los lugares autorizados, está prohibido el uso de los artículos de las categorías F1 (de muy baja peligrosidad y bajo nivel de ruido) y F2 (de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas) a menores de 12 y 16 años, respectivamente; y de la categoría F3 (artificios de peligrosidad media, destinados a uso en exteriores en zonas amplias, con ruido bajo o inocuo para la salud humana) a menores de 18 años.
Sanciones por tirar petardos
El Ayuntamiento de Córdoba establece sanciones según la gravedad de la infracción. Estas se clasifican en leves, graves y muy graves, e incluyen conductas que van desde omisiones en medidas de seguridad y documentación, hasta la fabricación, venta o uso de material pirotécnico sin permisos o que represente un riesgo para personas, bienes o el medio ambiente.
Las multas varían según la gravedad y de este modo las leves van de 100 a 3.005 euros, las graves de 601 a 90.151 euros y las muy graves de 30.001 a 601.012 euros. Además, las sanciones pueden incluir incautación de material, cierre temporal de establecimientos, retirada de autorizaciones y otras medidas accesorias. La venta no autorizada de artificios pirotécnicos puede derivar incluso en el cierre del local o la revocación del título habilitante para su apertura.
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