Pleno del Ayuntamiento de Córdoba
¿Sabías que las mascotas no pueden entrar en los cementerios de Córdoba? Cecosam ya trabaja para cambiarlo
La empresa municipal modificará su reglamento para prohibir expresamente el acceso de patinetes eléctricos a los camposantos

Familiares adecentan lápidas y llevan flores a los difuntos en el cementerio de San Rafael. / A. J. GONZÁLEZ

El pleno de diciembre del Ayuntamiento de Córdoba ha aprobado este martes el dictamen de la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano, Sostenibilidad y Servicios Públicos sobre la aprobación inicial del Proyecto del Reglamento de los Cementerios y Servicios Funerarios Municipales de Córdoba (Cecosam). Uno de los objetivos de dicho cambio es permitir el acceso de mascotas a los camposantos de la ciudad, algo que ahora mismo no está permitido, a no ser que sean perros lazarillo.
Otra de las refomas que plantea Cecosam pasa por la necesidad de prohibir la circulación de patinetes eléctricos, patines, monopatines y bicicletas por parte de la ciudadanía en los cementerios. La empresa advierte de que en los cementerios de La Salud, San Rafael y la Fuensanta existen calles fundamentalmente de uso peatonal en las que también se mueve maquinaria y aparatos necesarios para el mantenimiento de los distintos servicios por lo que es "aconsejable establecer la prohibición del circular con dichos elementos de movilidad dentro de los cementerios por seguridad de todos".
Tomar imágenes
Cecosam también quiere regular la obtención de fotografías, dibujos, pinturas o imágenes de cualquier tipo de las unidades de enterramiento de los recintos de instalaciones funerarias, pero únicamente con el límite de no hacer públicos nombres y apellidos que aparezcan las sepulturas por respeto a los fallecidos y a sus familias.

Una mujer limpia un panteón en el cementerio de La Salud. / A. J. GONZÁLEZ
Además, se quiere prohibir la colocación de piezas "a modo de escalón" por la dificultad que ese elemento añade a las labores de mantenimiento y de prestación del servicio del personal de la empresa.
Por otro lado, se creará un nuevo artículo bajo para el traslado de los restos a las fosas comunes en el que se establece que transcurrido el plazo de cinco años desde la inhumación se podrá proceder a la incineración de los restos y a su posterior traslado a esa fosa común. Además esa denominación, la de fosa común, sustituirá a la "osario general".
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