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Hostelería

Estos son los plazos para solicitar licencias de veladores en Córdoba en 2026

Urbanismo fija dos periodos distintos, para las licencias anuales y de temporada

Terrazas de hostelería en Córdoba capital.

Terrazas de hostelería en Córdoba capital. / A. J. GONZÁLEZ

Manuel Á. Larrea

Manuel Á. Larrea

Córdoba

Mientras se ultima el borrador de la futura ordenanza de veladores, la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) ha establecido el calendario para solicitar y renovar las licencias de ocupación de la vía pública con veladores de cara al año 2026.

El objetivo es asegurar que las terrazas instaladas en la ciudad cuenten con autorización expresa, tal y como exige la ordenanza municipal. Urbanismo recuerda que no es suficiente presentar la solicitud o pagar la tasa: para ocupar el espacio público es necesario tener la licencia concedida.

Plazos de presentación

El Ayuntamiento de Córdoba ha establecido dos plazos distintos para solicitar veladores de cara al año que viene y el primero acaba de empezar.

Del 1 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026

Deberán presentar solicitud:

  • Los establecimientos que quieran mantener su terraza durante todo 2026 y ya tengan licencia, mediante renovación de la misma.
  • Los que no tuvieron licencia en 2025 o quieran ampliar o modificar la ocupación, con una solicitud nueva.
  • Los locales ubicados en Zonas de Ordenación Conjunta, ya sea renovando o con una solicitud nueva.

Del 1 de enero al 28 de febrero de 2026

  • Establecimientos que están fuera de las Zonas de Ordenación Conjunta que quieran instalar terraza solo en temporada (entre el Domingo de Ramos y el 31 de octubre) tuvieran o no este año una licencia.

Fuera de plazo

Urbanismo advierte de que las solicitudes presentadas fuera de estos periodos podrán no admitirse, salvo causa justificada. Por tanto, es importante tener en cuenta los plazos definidos por el organismo municipal.

Zonas de Ordenación Conjunta

Las Zonas de Ordenación Conjunta son áreas de la ciudad donde suele haber mucha concentración de terrazas y el reparto de veladores se hace de forma coordinada. En esas zonas, Urbanismo no estudia cada terraza de manera individual, sino conjuntamente, para decidir cuántos veladores puede haber, cómo se reparten y qué condiciones deben cumplir.

La lista, aunque podrá ampliarse durante 2026 si se detectan problemas de saturación en el uso del espacio público, como advierte Urbanismo, es la siguiente:

  • Plaza de las Tendillas
  • Historiador Díaz del Moral
  • Morería
  • Conde de Cárdenas
  • García Lovera
  • Victoriano Rivera-La Plata-Mármol de Bañuelos
  • Capitulares
  • Plaza de la Corredera
  • Plaza de San Miguel
  • Pastores
  • Plaza de San Ignacio de Loyola
  • Plaza del Escudo
  • Córdoba de Veracruz
  • Plaza de San Nicolás
  • Plaza de La Trinidad
  • Avda. Gran Capitán
  • Plaza Flor del Olivo
  • Avenida de la Libertad
  • Avenida Al-Nasir
  • Agrupación de Cofradías
  • Ronda de Isasa
  • Paseo de la Ribera
  • Enrique Romero de Torres
  • Plaza Cardenal Salazar
  • Plaza Judá Leví-Manríquez
  • Puerta de Almodóvar
  • María La Judía y Dolores Ibarruri
  • Poeta Juan Ramón Jiménez- Poeta Emilio Prados (Tablero)
  • Avenida de Barcelona
  • Plaza de la Oca
  • Plaza del Moreal
  • Plaza de Matías Prats
  • Plaza de los Califas
  • Isla Fuerteventura

Dónde obtener los formularios

Los modelos de renovación y solicitud para obtener licencias de veladores en 2026 están disponibles en la web de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en este enlace.

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