Ayuntamiento de Córdoba
Desconvocado y sin nueva fecha el pleno para aprobar el convenio y subir el salario de los concejales
Se esperará a que la Intervención General emita su informe

Vista general del salón de plenos de Córdoba. / Chencho Martínez

El pleno extraordinario previsto en el Ayuntamiento de Córdoba el viernes 28 de octubre para la aprobación del convenio colectivo de personal laboral, así como del acuerdo general del personal funcionario, se ha desconvocado, de momento sin nueva fecha de convocatoria. El alcalde, José María Bellido, adopta esta decisión y pospone la sesión hasta contar con el informe de la Intervención General. Aunque dicho dictamen no es preceptivo, se valora como "oportuno" solicitar la emisión del mismo a la interventora "para mayor garantía" y para "completar" el expediente que sí incluía un informe que garantizaba el cumplimiento de la regla de gasto y estabilidad presupuestaria.
En esta sesión estaba previsto aprobar la actualización de los nuevos conceptos retributivos de la plantilla municipal, como la productividad y las horas extroardinarias, incluidos en el nuevo convenio colectivo aprobado por todos los sindicatos a excepción de CGT. De hecho, este sindicato, que ganó las últimas elecciones sindicales en Capitulares, presentó ayer un escrito para solicitar diversa información previa al pleno: un informe sobre el impacto de género que podrían tener conceptos retributivos nuevos como las productividades (sostienen que al cobrarlas fundamentalmente Policía Local y Bomberos, con presencia mayoritaria de hombres en sus plantillas, "podrían tener efectos retributivos desiguales por razón de sexo"), una memoria económica y técnica del acuerdo de funcionarios y datos estadísticos de la plantilla municipal.
Subida del 0,5%
En la sesión previta para el viernes también estaba incluida la aprobación de una subida salarial del 0,5% para el alcalde y los concejales, así como para los órganos de dirección y el personal eventual, que también se posponen a una próxima sesión plenaria al considera que la decisión no ocasiona "ningún perjuicio de difícil reparación". Dicha subida se hacía en virtud del artículo 6.2 del Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social y de la Resolución de 2 de julio de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
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