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Gastronomía en Córdoba

El Ayuntamiento publica las bases para los puestos de caracoles hasta 2029: requisitos, condiciones y ubicaciones de los 45 espacios

El BOP publica la norma para la instalación en vía pública de los puestos, que se instalarán entre febrero y junio

Caracoles en un puesto cordobés.

Caracoles en un puesto cordobés. / Manuel Murillo

Araceli R. Arjona

Araceli R. Arjona

Córdoba

El Boletín Oficial de la Provincia publica este miércoles las bases de la convocatoria del Ayuntamiento de Córdoba para la instalación de temporada de puestos de caracoles guisados en la vía pública donde recoge los requisitos específicos, condiciones y régimen jurídico que debe regir la adjudicación de ubicaciones para la instalación en diversos puntos de la ciudad para la venta exclusiva de caracoles guisados, snacks en bolsa, refrescos, cerveza, vino y agua, estando expresamente prohibida tanto la venta como el depósito de cualquier otro tipo de productos alimenticios elaborados o no (especialmente bebidas destiladas). En total, los puestos autorizados son 45 en las próximas cuatro campañas.

La temporada 2026 dará comienzo el 7 de febrero y se prolongará hasta el 7 de junio mientras que en 2027, la temporada establecida será del 6 de febrero al 6 de junio y en 2028, del 5 de febrero al 5 de junio. Por último, en 2029, la temporada queda fijada del 10 de febrero al 10 de junio. Las fechas indicadas incluyen el tiempo necesario tanto para el montaje como para el desmontaje de las instalaciones.

Córdoba Caracoles fin de temporada

Una taza de caracoles en un puesto de Córdoba. / A. J. González

El número de puestos autorizados para las próximas cuatro campañas son 45, que se instalarán en las siguientes ubicaciones:

  1. Prolongación avenida Gran Capitán (zona terriza del Paseo Córdoba)
  2. Calle Periodista Eduardo Baro
  3. Plaza en la intersección de as calles San Francisco de Sales y Murcia
  4. Glorieta de las Ciudades de Hiroshima y Nagasaki
  5. Interior de los jardines Elena Moyano y Madre Coraje
  6. Plaza de la iglesia, en la confluencia de la avenida de la Diputación y Campo de la Verdad
  7. Calle Escritor Conde de Zamora
  8. Calle Paco de León
  9. Avenida Virgen de Fátima en la calle Nuestra Señora de la Merced
  10. Plaza Matías Prats, en el lateral de Manuel Fuentes Bocanegra
  11. Calle Pintor Espinosa con calle Padre Morales
  12. Plaza Rafael Villar en El Higuerón
  13. Pasaje Escritora María Teresa León con Escritora Conca Espina
  14. Calle Libertador Sucre
  15. Calle Manuel Fuentes Bocanegra con Camino viejo de Almodóvar
  16. Bulevar Hernán Ruiz
  17. Plaza de Vistalegre
  18. Calle Arqueólogo Antonio García y Bellido
  19. Avenida de la Fuensanta con avenida Calderón de la Barca
  20. Calle Arcos de la Frontera
  21. Avenida de Granada
  22. Avenida Cruz de Juárez con Escultor Fernández Márquez
  23. Calle Isla Fuerteventura
  24. Plaza Cristo de Gracia
  25. Avenida Compositor Rafael Castro
  26. Paseo de la Merced
  27. Bulevar entre calles Policía Marisol Muñoz y Policía M. Ángeles García
  28. Plaza de la Marina Española
  29. Sierras de Cardeña y Montoro en los Jardines de la Memoria de Fidiana
  30. Ronda del Marrubial con Agrupación Córdoba
  31. Paseo de la Soleá
  32. Plaza de la Magdalena
  33. Glorieta Amadora
  34. Isla Fuerteventura
  35. Victoria Kent
  36. Plaza de los Ríos
  37. Plaza Poeta Juan Bernier
  38. Avenida Ministerio de la Vivienda
  39. Pasaje Pantoja
  40. Avenida Compositor Rafael Castro
  41. Avenida de Cádiz
  42. Calle Haza del Demonio
  43. Calle Hernando de Magallanes
  44. Avenida de Almogávares con avenida de Igualdad
  45. Glorieta Huerta de San Antonio

Requisitos

Según detallan las bases, el Ayuntamiento de Córdoba podrá acordar de forma motivada por razones de interés público el traslado de los emplazamientos descritos o la modificación de las fechas u horarios de venta sin generar en ningún caso indemnización ni derecho económico alguno por dicha circunstancia, así como suprimir la comercialización de los productos relacionados y/o autorizar la comercialización de otros cuya venta ambulante esté permitida por la normativa vigente.

La terraza de los veladores podrá ocupar hasta 40 metros cuadrados si la ubicación lo permite y 6 metros de almacén como máximo, que deberá ubicarse atendiendo a las condiciones y circunstancias de las ubicaciones y proyecto técnico presentado.

Cualquier tipo de estructura alternativa como mesas altas, barriles, taburetes u otros elementos que se instalen en la vía pública restarán para el cómputo total de 40 m² de veladores.

Plazos de admisión

El plazo de admisión de solicitudes estará abierto desde el 1 de noviembre hasta el 30 de noviembre de cada uno de los años comprendidos en la campaña. No se admitirán solicitudes fuera de plazo.

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