Tribunales
Absuelto en Córdoba de violar a su hijo, que falleció durante el procedimiento judicial
El adolescente, internado en un centro de menores infractores, relató a los psicólogos las presuntas agresiones sexuales sufridas cuando era niño

Acceso a la Ciudad de la Justicia de Córdoba. / A. J. GONZÁLEZ

La Audiencia provincial de Córdoba ha absuelto a un acusado de violar a su hijo, que falleció a los 16 años de edad durante el procedimiento judicial. En esta línea, la sentencia de la sección tercera señala que el menor se suicidó dos meses antes de su exploración en la sala Gesell, un espacio para las declaraciones de víctimas vulnerables como los niños y adolescentes.
Los magistrados consideran probado que el menor, cuando tenía 15 años de edad, se encontraba internado en un centro de menores infractores e informó a los psicólogos de que le asaltaban "flashes" mediante los que empezaba a recordar que, entre los 6 y los 12 años de edad, su padre, en el domicilio familiar, abusó presuntamente de él con tocamientos, masajes, mutuas felaciones e incluso penetraciones. El menor falleció en 2020.
El tribunal entiende que "no queda acreditado que el acusado y padre llegase a mantener con este ningún acto de contenido sexual". Así, el fallo recoge que "no se ha articulado una verdadera prueba de cargo para vencer la presunción de inocencia (...) aun habiéndose acudido al recurso de la lectura (en esta caso visualización) de la primera exploración que se le practicó por el juez de guardia al menor (...) no se sometió la misma previamente al principio de contradicción con la presencia del acusado (...), siendo el caso que el infortunado (...) se suicida dos meses antes de la fecha fijada para su exploración en la sala Gesell, ya con citación de todas las partes".
No quedan despejadas las dudas
Según apunta la sentencia, el tribunal "no ha conseguido despejar las dudas de lo realmente acaecido". Entre otras ideas, alude a un informe psicológico que concluye que el relato del menor es "indeterminado, ni creíble ni no creíble". Además, indica que el menor ingresó en el CIMI a raíz de una denuncia del padre, "tenía problemas escolares y se había dado al consumo de droga, lo cual puede ser signo de una deriva propia de la adolescencia o del "calvario" que pudiera haber sufrido". Sin embargo, añade que "tratándose de un menor inteligente y con capacidades, como los psicólogos pusieron de manifiesto, es factible pensar en un móvil de venganza por el internamiento".
Según detallan los magistrados, "los testigos de referencia, entre ellos, los psicólogos, que a su vez actúan como peritos, reproducen la vaguedad de lo que les cuenta" el menor. Abundan en que "en pocas ocasiones como ésta se echa en falta el auxilio de los técnicos en la valoración del testimonio de un menor, máxime cuando el relato surge de la forma tan particular e infrecuente como acaece en el caso enjuiciado, y por más que esa valoración sea facultad inexcusablemente reservada al tribunal".
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