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Finanzas

Ante la sospecha de una cláusula abusiva, ¿a quién corresponde pagar los gastos de una hipoteca, al banco o al cliente?

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba recuerda que en 2019 el Tribunal Supremo estableció una doctrina de distribución de gastos

Los gastos de la hipoteca se distribuyen entre el banco y el cliente según lo dispuesto en la ley de transparencia bancaria.

Los gastos de la hipoteca se distribuyen entre el banco y el cliente según lo dispuesto en la ley de transparencia bancaria. / CÓRDOBA

Diario CÓRDOBA

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Córdoba

¿A quién corresponde pagar los gastos de una hipoteca, al banco o al cliente? Antes de enero de 2019, los bancos obligaban al usuario a pagar tales gastos, hasta que, en ese año entró en vigor la ley de transparencia bancaria y el Tribunal Supremo estableció la doctrina de distribución de gastos. Así lo explica el letrado de Córdoba Miguel Calabrús, que acaba de ganar un caso en el que una entidad bancaria ha sido condenada por una cláusula abusiva, en relación a una hipoteca firmada en el año 2018.

En la sentencia que da la razón al cliente de este abogado cordobés, la Audiencia Provincial recuerda cuál debe ser la distribución de gastos.

Lo que dice la ley

Según la Ley 5/2019 de Créditos Inmobiliarios, la distribución de los gastos de formalización de una hipoteca es la siguiente:

  • El cliente paga la tasación y, en caso de solicitarla, los gastos notariales de su copia de escritura.
  • El banco asume los gastos de gestoría, notaría, registro y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

Es importante señalar que la ley hace referencia únicamente a los gastos de formalización del préstamo hipotecario, no a los de una compraventa.

Reclamaciones

Si tras revisar el contrato hipotecario se detecta alguna cláusula que podría ser considerada abusiva, la primera vía para una reclamación es la propia entidad, a la que puede solicitarse la nulidad de la cláusula y la devolución de lo pagado en exceso.

Si la entidad no responde o su contestación no es satisfactoria, puede acudirse a la vía judicial o al sistema arbitral de consumo.

Para más información:

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