Juicio con jurado

Fiscalía y acusación mantienen sus peticiones para el acusado por el atropello de la joven en el Higuerón

El Ministerio Público además de homicidio doloso de comisión por omisión añade la alternativa de homicidio imprudente

Imagen la primera sesión del juicio celebrado en la Audiencia Provincial.

Imagen la primera sesión del juicio celebrado en la Audiencia Provincial. / MANUEL MURILLO

Rafael Valenzuela

Rafael Valenzuela

El juicio con jurado por el atropello por un tren el 26 de febrero de 2020 a una joven que perdió la vida y en que se ha sentado en el banquillo un amigo la víctima, como acusado, ha llegado este miércoles a su fin con la lectura de las conclusiones de las partes.

Todas ellas mantienen sus peticiones originales, aunque la Fiscalía ha añadido una alternativa. Así, el ministerio fiscal que pedía en un principio una condena de entre 10 y 15 años por un presunto delito de homicidio doloso de comisión por omisión, ha incluido en su conclusión una alternativa que es la de homicidio imprudente doloso de comisión por omisión, cuya pena prevista es de entre 1 y 4 años.

Por su parte, la acusación particular se mantiene en su petición de asesinato con alevosía y abuso de confianza que puede conllevar una condena de hasta 25 años. La defensa del acusado considera que no se han podido probar la culpabilidad de su defendido, por lo que insiste en su petición de absolución.

Alternativa de la fiscalía

La fiscal ha sustentado su alegato en que, desde su punto de vista, el acusado no ha dicho la verdad en su declaración en algunos aspectos. A criterio del ministerio público ha quedado probado que la joven no quería quitarse la vida, pero sí necesidad de llamar la atención y, pese a que algunos testimonios han hablado de que era una joven vulnerable, Rocío “tenía planes de futuro”, como lo demuestra el hecho de haber comprado unos días antes una máquina de manicura para dedicarse a ello. Ante los argumentos de que la deficiencia auditiva del acusado le impidió oír el tren cuando los dos jóvenes estaban colocados en la vía, la fiscal mantiene que no es cierto y que el joven vio y oyó llegar el tren y por eso le dio tiempo a saltar y evitar el impacto y añadió que en ningún momento el maquinista, único testigo real de lo ocurrido, percibió intención de que al acusado quisiera salvar a su amiga. Además, duda la fiscal de que las heridas que presentaba el joven después de los hechos se correspondieran con el impacto el tren, como se intenta argumentar desde la defensa. Cree la representante del ministerio público el joven huyó y saltó una valla de 2 metros, que fue lo que le causó las heridas, puesto que si hubiera recibido el impacto del convoy los daños serían mayores y tampoco cree que el acusado hubiera sido repelido por el tren, sino que de haber estado cerca, el efecto hubiera sido el contrario, “lo hubiera atraído hacia dentro”. Por todo ello, la fiscal considera razonable su petición de pena, ya que considera que el muchacho tenía “el deber de intentar impedir” el golpe sobre su amiga y no lo hizo. El Ministerio Público ha aportado al jurado, por si no tiene clara la intencionalidad, la consideración de ser homicidio por imprudencia.

Para la acusación es asesinato

Por su parte, el letrado de la acusación, Antonio Rafael Romero, no ha dudado ni un momento en aseverar que mantiene la petición de asesinato con alevosía y abuso de confianza, porque considera probado que la joven no tenía intención de suicidarse, que vivía en un entorno tranquilo, que tenía proyectos de futuro y una relación sentimental estable. Romero ha indicado que también ha quedado claro que la joven era influenciable y que el joven acusado ejercía sobre ella una influencia negativa y añade que fue este el que animó la víctima a ponerse en la vía. Añadió el abogado el testimonio del maquinista sobre el que ha dicho que este solo vio a una persona saltar, asegurando, también, que el tren no llegó a colisionar con el chico. A juicio del abogado, el autor abandonó a la víctima “a su suerte, no tenía intención de socorrerla”.

No hay nada demostrado

Sin embargo, la defensa, ejercida por Joaquín Ruiz, mantiene su petición de absolución por considerar que ninguno de los hechos se ha podido probar, por ello, alertó a los miembros del jurado de los principios que amparan a todo acusado, como son el de presunción de inocencia y el de In dubio pro reo, (ante la duda, hay que beneficiar al acusado). Cree Ruiz que ninguno de los testimonios ha sido clarificador, pues muchas de las declaraciones prestadas en sede policial no se han mantenido ante el jurado porque se han limitado algunos testigos a indicar que no recuerdan lo ocurrido. Además, ha insistido en que su defendido no escuchó la bocina del tren que solo sonó una vez y ya cuando estaba muy cerca del “bulto” que se veía en la vía. También ha puesto en duda el letrado de la defensa la capacidad del joven para saltar una valla de dos metros de altura con alambre de espinos y se ha quejado de que nadie ha mirado o acreditado si tenía marcas en las manos generadas por esa valla. A juicio de Ruiz, los dos jóvenes cometieron la imprudencia de entrar en la vía voluntariamente, de modo que la chica puso en riesgo su propia vida. 

Una vez concluida la vista, la magistrada titular de la sección tercera entregará este jueves a los miembros del jurado el objeto del veredicto sobre el que se tendrán que pronunciar.

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