TSJA
Confirman la condena a 14 años de prisión a un hombre por abusar de la hija de su pareja en Córdoba
La pareja de su madre realizó "tocamientos en los genitales y penetraciones" de manera casi diaria
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado este lunes la condena dictada a un hombre por abusar sexualmente de una niña de 8 años, hija de su pareja y con la que residía en un municipio de la provincia de Córdoba. El varón fue condenado el pasado año por la Audiencia Provincial de Córdoba a 14 años y tres meses de prisión para un delito continuado de abuso sexual sobre una menor de edad, algo que ha sido confirmado por el TSJA hoy.
Felaciones casi diarias
Según refleja el escrito, durante un periodo de entre tres y cinco años, cuando la menor contaba con alrededor de cinco, el hombre abusó sexualmente de la joven en repetidas ocasiones. Aprovechando los momentos en los que su pareja no estaba en el domicilio, "con la intención de satisfacer sus deseos sexuales, con ánimo libidinoso" y aprovechando la diferencia de edad. Así, el sujeto "logró imponerse sobre la voluntad de la joven" para que le realizara tocamientos en los genitales y penetraciones anales hasta los once años, "así como felaciones casi diarias", señala el texto. Todo ello se realizó "contra la voluntad" de la chica, lo que provocó, explica el TSJA, "un comportamiento violento que se traducía en golpes, empujones, tirones del pelo y graves amenazas tanto a ella como a su hermano si contaban lo que estaba sucediendo".
Por estos hechos, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba condenó el 26 de septiembre de 2023 a 14 años y tres meses de prisión, además de una orden de alejamiento durante 15 años y tres meses, diez años de libertad vigilada y a abonar de una indemnización de 10.000 euros.
Recurso
El agresor presentó un recurso de apelación contra la sentencia en el que reclamaba que se había vulnerado la presunción de inocencia, puesto que, tras obtener "dos versiones contradictorias de los hechos y sin evaluar en igualdad las pruebas, se inclina el tribunal por las de signo incriminatorio para sustentar la condena".
Sin embargo, el Alto Tribunal ha desestimado este recurso y confirma su condena "en toda su dimensión".
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