TRIBUNALES

Condenado por abusar de un niño de 5 años y absuelto de abusar de su hermano, de 2 años, en Córdoba

La Audiencia cree pobrado que el acusado tocó los genitales al menor, quien lo contó a su madre

Acceso principal a la Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Acceso principal a la Ciudad de la Justicia de Córdoba. / CHENCHO MARTÍNEZ

Pilar Cobos

Pilar Cobos

CÓRDOBA

La sección tercera de la Audiencia provincial de Córdoba ha condenado a dos años de cárcel, entre otras medidas, a un hombre que fue acusado de, presuntamente, abusar sexualmente de dos hermanos, de cinco y dos años de edad cuando ocurrieron los hechos, en una localidad de la provincia de Córdoba. Finalmente, el tribunal considera probado solo un delito de abuso sexual. No obstante, la sentencia puede ser recurrida antre el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Respecto al mayor de los hermanos, el fallo recoge que un día de primavera de 2020, "pese a que la madre se hallaba en la misma casa", el encartado, con ánimo libidinoso, "acarició con la mano el pene del menor, tanto por dentro como por fuera del bañador que llevaba puesto". Después de esto, "el pequeño se lo contó a su madre", que denunció lo ocurrido ante la Policía. Por otra parte, la sentencia también indica que "no ha quedado acreditado que dicha conducta se hubiera producido en otras ocasiones, ni con el niño mencionado, ni con su hermano".

La edad del pequeño, un hándicap

En sus fundamentos jurídicos, el tribunal alude a la edad del hermano pequeño y explica que "la prueba practicada, ha sido de muy diferente entidad en lo tocante a los diversos hechos atribuidos al acusado y, mientras que en lo concerniente a los tocamientos de que habría sido víctima (el hermano mayor) se cuenta con varios elementos que, al menos en cuanto a una de las conductas enjuiciadas, pueden respaldar la pretensión condenatoria (...) ello no acontece en relación con lo que hubiera podido suceder con el pequeño".

Entre otras cuestiones, alude al desarrollo de los niños y detalla que "mientras en lo relativo al hermano mayor, aun siendo de corta edad, su desarrollo personal hizo posible la práctica de la exploración judicial como prueba preconstituida, con todas las garantías inherentes a la misma, la mucho menor (del pequeño) no la permitió".

"Nos toca el pito"

Así las cosas, la sentencia señala que el hermano de 5 años le dijo a una pediatra que el acusado le bajaba los pantalones y le tocaba. Según este texto, "el modo en que lo hacía lo presenció la médica porque lo describe: 'hace movimientos con la mano, que simulan masturbación'".

De otra parte, la madre de la víctima, en el juicio, aseveró, entre otras cuestiones, que una tarde lo recogió en casa de los abuelos y le dijo que el procesado "nos toca el pito", tras lo cual se habría echado a llorar. También indicó que su hijo se resistió a contarlo, según le dijo, porque "es un secreto" y, si lo contaba, iría a "la cárcel de los niños". Además, en un informe del hospital consta que la facultativa habría escuchado al reconocido decir que a su hermano y a él, el acusado, "nos baja los pantalones y nos toca".

Por estos hechos, la sección tercera de la Audiencia condena al procesado como responsable de un delito de abuso sexual a la pena de dos años de prisión. Entre otras medidas, le impone la prohibición de comunicar con la víctima o aproximarse a ella a una distancia menor de 200 metros durante tres años y un día, un periodo del que se descontará el tiempo que, con carácter cautelar, esta medida haya permanecido vigente. También le impone libertad vigilada por tres años y una indemnización de 3.000 euros para la víctima. Como se ha indicado más arriba, la Audiencia absuelve al acusado del otro delito de abuso sexual.

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