Las rebajas de condena a raíz de la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí' continúan y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido la pena de otros dos abusadores sexuales de Córdoba. En concreto, los dos beneficiados afrontarán un año menos de prisión.
El Alto Tribunal de Andalucía ha notificado, mediante sentencia, la ratificación, en primer lugar, de la rebaja que ya la Audiencia Provincial de Córdoba aplicó a la condena de un reo por abuso sexual continuado sobre una menor de 16 años con el agravante de acceso carnal.
Dos condenas rebajadas
Este individuo fue condenado en 2019 a 10 años y un día de prisión. Sin embargo, tras la aprobación de la ley mencionada, se le aplicó una rebaja de un año y la pena pasó a 9 años. La Fiscalía apeló y el TSJA ha estimado parcialmente el recurso. Por un lado, ratifica la nueva condena y, por otro, suma la inhabilitación especial para ejercer la patria potestad, tutela, curatela o guarda durante cuatro años.
En un segundo caso, otro condenado por los mismos hechos (abuso sexual continuado sobre una menor de 16 años, con acceso carnal) se enfrentaba a ocho años de prisión después de que la Audiencia Provincial dictara sentencia a mitad del año pasado. La defensa, consciente de la entrada en vigor de la Ley del Solo Sí es Sí, solicitó una rebaja a seis años, que rechazó la propia Audiencia.
Presentado recurso de apelación, el Alto Tribunal andaluz confirma una rebaja, pero a siete años, dos meses y 13 días de cárcel, sumando, además, la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad durante un periodo de cuatro años.
Rechazo de una reducción
En un tercer caso, el TSJA ha rechazado una solicitud de reducción de la pena solicitada por la defensa de un agresor sexual de Córdoba. El reo fue condenado a principios de 2017 a seis años de prisión. Un año más tarde, la Audiencia Provincial confirmó la pena, pero al inicio de este año la defensa solicitó una revisión.
Sin embargo, en este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha denegado la rebaja y el presidiario deberá hacer frente a los años que ya le fueron impuestos en un principio.