ICIO

La obligación de pagar el impuesto de Obras tendrá un impacto escaso para la Iglesia en Córdoba

El privilegio beneficiaba a la diócesis, las 232 parroquias y las congregaciones y órdenes, que son un centenar | Hermandades y fundaciones ya abonaban el ICIO

Palacio episcopal en Córdoba.

Palacio episcopal en Córdoba. / A. J. GONZÁLEZ

Pilar Cobos

Pilar Cobos

El fin de la exención del abono de los impuestos de Obras (ICIO) y por contribuciones especiales tendrá, en principio, un «impacto relativo» para la Iglesia en Córdoba. El ecónomo diocesano, José Luis Vidal, entiende que el ICIO «incrementará un poco el coste de las obras», ya que se trata de «un pequeño porcentaje» del importe de la actuación, pero también recuerda que los ayuntamientos bonifican este tributo a entidades sin ánimo de lucro, por lo que podrían solicitarlo. 

Este responsable señala que los efectos del ICIO «dependerán del número de obras que se hagan», que en el caso del Obispado de Córdoba, suelen ser una veintena cada año. A estas habría que añadir las actuaciones en las 232 parroquias de la diócesis, que en ocasiones son financiadas por el Obispado y otras veces, con ingresos propios o préstamos (aunque en todo caso, necesitan la autorización del Obispado para poder acometerlas).

En esta línea, José Luis Vidal destaca que las actuaciones para la conservación y el mantenimiento de los templos reciben una parte importante del presupuesto anual de la diócesis, en concreto, entre el 30% y el 40%. Estas cuentas recogen gastos por valor de 9,6 millones de euros para 2023. Además, el presupuesto suele verse incrementado por la necesidad de realizar actuaciones urgentes, como la rehabilitación de cubiertas en las parroquias. 

Las referidas cuentas del Fondo Común Diocesano incluyen para este ejercicio una cantidad de 12.400 euros para el pago de impuestos municipales, que se destinará, fundamentalmente, a las licencias de obras.

José Luis Vidal admite que el ICIO «tampoco suponía un importe muy elevado, pero era la única exención que quedaba de los acuerdos Iglesia-Estado de 1979, que no se incluye en el régimen fiscal de entidades sin ánimo de lucro. La Iglesia tiene ahora los mismos beneficios que cualquier entidad sin ánimo de lucro», destaca. 

123 órdenes, congregaciones e institutos

Este privilegio eliminado por el Gobierno de España beneficiaba a la diócesis, congregaciones y órdenes religiosas. El registro del Ministerio de Justicia señala que la provincia de Córdoba tiene 123 órdenes, congregaciones o institutos católicos. Sin embargo, ya pagaban el ICIO otras entidades como las fundaciones y asociaciones, entre las que se encuentran las hermandades y cofradías. El mismo registro apunta que Córdoba tiene 570 asociaciones, federaciones y fundaciones católicas. 

En cuanto al impuesto por contribuciones especiales, la ordenanza fiscal número 200 del Ayuntamiento de Córdoba establece que «el hecho imponible estará constituido por la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia del establecimiento o ampliación de servicios públicos de carácter municipal». José Luis Vidal comenta que «es un tributo que nos afectaría igual que a cualquier otra persona, rara vez se aplica», admite.

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