AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA

Córdoba contará con una comisión de vertidos de aguas residuales urbanas que podrá multar a quien contamine

El Pleno tomará conocimiento de la creación de este grupo de trabajo que velará para que no se realicen vertidos contaminantes en el término municipal que puedan afectar a la calidad del agua

Islote de toallitas, sedimentos y lodo en el río Guadalquivir, a su paso por Córdoba.

Islote de toallitas, sedimentos y lodo en el río Guadalquivir, a su paso por Córdoba. / A.J. GONZÁLEZ

Irina Marzo

Irina Marzo

Córdoba contará en breve con una comisión permanente sobre vertidos de aguas residuales urbanas, que tendrá como funciones el estudio y la propuesta de medidas para el tratamiento de dichas aguas evitando la realización de vertidos contaminantes que puedan afectar a la calidad de lo que bebemos en el término municipal. Esta comisión podrá hacer frente a la imposición de sanciones contra quienes no cumplan la ley o contaminen, y permitirá al Ayuntamiento de Córdoba salir al frente de problemas como el que se ha generado en el río Guadalquivir, a la altura del Puente Romano, al emerger un islote por la acumulación de toallitas.

El pleno del jueves tomará conocimiento de la creación de esta comisión que también busca establecer sinergias con las restantes administraciones públicas competentes en la materia. La comisión estará presidida por el teniente de alcalde delegado de Hacienda, Urbanismo, Ordenación del Territorio y Vivienda del Ayuntamiento de Córdoba, que en estos momentos es Salvador Fuentes, y tendrá de vocales al teniente de alcalde de Gestión, Mercados y Comercio, Sostenibilidad y Medio Ambiente e Infraestructura; al concejal delegado de Seguridad, Vía Pública y Movilidad; un representante de la empresa municipal Emcsa designado por su presidente; un representante de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, un representante de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; el jefe la Policía Local; y un representante de la Gerencia de Urbanismo de Córdoba designado por su presidente. La secretaría la asumirá el adjunto primero del titular del órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.

Finalidad de la comisión

Constituyen los fines generales de esta comisión el estudio y la propuesta de medidas para el tratamiento de las aguas residuales urbanas evitando la realización de vertidos contaminantes con capacidad de afección a la calidad de las aguas para lo que la comisión realizará las labores de estudio y propuesta necesarias a tal objeto.

Fuentes municipales entienden que es preceptivo adoptar las medidas necesarias conducentes a evitar la realización de vertidos contaminantes en base, entre otras, a la ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. Esta norma advierte de que el municipio ejercerá como competencias propias el abastecimiento de agua potable a domicilio y la evacuación y tratamiento de aguas residuales. Además la ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, también indica que los municipios andaluces tienen competencias propias en ordenación, gestión, prestación y control de los servicios en el ciclo integral del agua de uso urbano como el saneamiento o recogida de las aguas residuales urbanas y pluviales de los núcleos de población a través de las redes de alcantarillado municipales hasta el punto de interceptación con los colectores generales o hasta el punto de recogida para su tratamiento. Asimismo es competencia municipal la depuración de las aguas residuales urbanas, que comprende su interceptación y el transporte mediante los colectores generales, su tratamiento y el vertido del efluente a las masas de agua continentales o marítimas; o la reutilización, en su caso, del agua residual depurada en los términos de la legislación básica.

Por último, un Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre establece las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas y señala a los ayuntamientos como responsables del seguimiento y los controles precisos para garantizar el cumplimiento de las obligaciones relativas al tratamiento de las aguas residuales urbanas con especial consideración a lo relativo a vertidos procedentes de instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas.

Suscríbete para seguir leyendo