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Las cofradías de Córdoba sí tienen que pagar el IVA por la carrera oficial

Hacienda entiende que el caso de Sevilla no es extrapolable a Córdoba

Misterio de la hermandad de la Entrada Triunfal, en carrera oficial.

Misterio de la hermandad de la Entrada Triunfal, en carrera oficial. / A. J. GONZÁLEZ

Noelia Santos

Noelia Santos

La Agencia Tributaria ha determinado que en Córdoba hay que pagar el IVA por los palcos y sillas que conforman la carrera oficial de la Semana Santa. Así se lo ha confirmado el delegado del Ministerio de la Agencia Tributaria en Córdoba a la Agrupación de Hermandades y Cofradías, que estaban pendientes de este encuentro para devolver el IVA cobrado a los abonados por la Semana Santa de 2022. Y es que la Agrupación de Cofradías entendía que el caso de Sevilla, donde el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) resolvió que las sillas y palcos de la carrera oficial de la Semana Santa de Sevilla están exentas del pago del IVA, era extrapolable a Córdoba. Pero no es así.

Es precisamente la resolución del TEAC la que da la clave sobre por qué en Córdoba sí hay que tributar por el impuesto. Por un lado, esa resolución expone que «cuando la contemplación de los desfiles procesionales por la llamada carrera oficial durante la Semana Santa no sea libre y gratuita, esto es, quede reservada en exclusiva a aquellas personas que pagan por ello, la venta de abonos de sillas y palcos para contemplar sentado tales desfiles constituye un servicio sujeto y exento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Se entenderá que la contemplación de los desfiles procesionales no queda reservada en exclusiva a quien paga, cuando el público que no lo hace, aún sin tener acceso a las zonas de sillas o palcos, pudiera contemplar los desfiles procesionales con normalidad, en toda la carrera oficial o en parte de ella, por no existir obstáculo relevante que se lo impida». Y añade: «Por el contrario, si tales desfiles pudiesen ser contemplados normalmente por cualquier persona, por toda la carrera oficial o por parte de ella, sin necesidad de pagar por ello, esto es, si el acceso a los mismos fuese libre y gratuito, la venta de abonos de sillas y palcos constituiría en tal supuesto un servicio sujeto y no exento del IVA, sometido a tributación por el tipo general del 21%».

Esto último es lo que ocurre en Córdoba en varias zonas de la carrera oficial, como es el caso del Patio de los Naranjos, donde se puede acceder de forma libre y gratuita durante los desfiles procesionales y que, además, forma parte de la carrera oficial. No solo pasa en el Patio de los Naranjos de la Mezquita-Catedral, sino también en el inicio del recorrido oficial, en la Puerta del Puente.

Es decir, en Córdoba, hay parte de la carrera oficial donde, a pesar de haber sillas y palcos de pago, también se pueden observar las procesiones sin necesidad de pagar. Este es el caso en el que Hacienda entiende que sí hay que pagar IVA. Las cofradías podrían no cobrarlo si todo el recorrido oficial fuera exclusivamente de pago.

Por lo tanto, y ahora sí de forma definitiva, la Agrupación deberá seguir cobrando el 21% del IVA a los abonados de la carrera oficial y no podrá devolver lo ya pagado de la Semana Santa del año pasado.

En la pasada Semana Santa los precios de los palcos y sillas se mantuvieron con respecto al año anterior, aunque sufrieron una recarga debido a la necesidad de aplicar el 21% del IVA correspondiente. Así, los palcos ubicados en el Patio de los Naranjos de la Catedral pasaron de 350 a 423,50 euros; los palcos exteriores, de 300 euros a 363,00 euros, y las sillas, de 60 euros a 72,60 euros.