LA COMISIÓN ESTÁ LLAMADA AHORA A PRESENTAR PROPUESTAS

La ordenanza de Feria prevé multas de entre 750 y 3.000 euros por incumplir las normas

El borrador prevé la instalación de cuatro tipo de casetas agrupadas en casetas comerciales y casetas públicas abiertas

Desmontaje de casetas en la última edición de la Feria.

Desmontaje de casetas en la última edición de la Feria. / FRANCISCO GONZÁLEZ

Araceli R. Arjona

Araceli R. Arjona

El borrador de la ordenanza de Feria presentado por el Ayuntamiento de Córdoba a los colectivos que componen la Comisión de Feria para que presenten propuestas prevé la imposición de sanciones económicas por incumplimientos de la normativa establecida de entre 750 y 3.000 euros. Las infracciones leves se castigarán con multa de 750 euros mientras que las graves supondrán una sanción de entre 1.500 y 751 euros y las muy graves, de 1.501 a 3.000 euros.

El régimen sancionador que recoge el borrador, al que ha tenido acceso este periódico, considera incumplimientos leves no exponer en lugar visible la licencia de actividad o la autorización de aparcamiento en los vehículos, usar música distinta a la autorizada, incumplir la norma en el montaje de altavoces, en el uso de la ciudad del feriante o de la publicidad explícita.

Se considera incumplimiento grave la acumulación de tres leves en la misma edición de feria o la repetición del mismo incumplimiento leve una vez apercibido y comunicado, además de otros comportamientos como la apertura o cierre fuera de horario, la venta de productos no autorizados, incumplimiento sobre animales en el recinto ferial el mal estacionamiento de vehículos en el recinto ferial o ciudad del feriante y no depositar la basura en los lugares establecidos, entre otros.

Por último, la ordenanza incluye como incumplimientos muy graves la acumulación de dos graves o reiteración además de desconsideraciones hacia la ciudadanía y personal funcionario en el ejercicio de su trabajo, la ocupación de espacios no autorizados, la falsedad documental, la venta de bebidas alcohólicas no autorizadas, vender artículos no permitidos conforme a la actividad autorizada, posibles accidentes por dejadez manifiesta en el mantenimiento de la caseta, traspasar, vender o alquilar parcelas a terceros, incumplir las tarifas del Día Infantil o las fechas de montaje y desmontaje e iniciar la actividad sin autorización.

Tipología de casetas

La ordenanza no incluye novedades en el sistema de casetas, como han criticado miembros de la comisión de Feria. En concreto, distingue entre casetas comerciales y abiertas o públicas. Las comerciales podrán ser de dos tipos, casetas jóvenes de entre 300 y 400 metros "con un funcionamiento específico y con diseño exterior e interior de calidad", hasta un máximo de seis, y sin obligación de tener cocina; y las de restauración hasta un máximo de diez, que se destinarán a empresas de restauración previo pago de las tasas correspondientes.

Casetas públicas y abiertas

Se consideran casetas públicas y abiertas aquellas que promueven asociaciones y colectivos con un fin social y hay dos tipos, las que solicita un colectivo que además gestiona la barra y cuyos beneficios se destinan a un bien social, para las que se mantiene la exención del pago de la fianza, y las que solicita un colectivo como requisito imprescindible, pero la explotación de la barra y la cocina corresponde a un tercero.

Materiales permitidos en el montaje de casetas

La ordenanza recoge el tipo de materiales que se pueden emplear en el montaje de cada una de las zonas que componen las casetas y, como se venía haciendo en los últimos años en las bases, la invitación a destinar en la medida de lo posible un tercio de la superficie a un patio abierto decorado con plantas y flores con el fin de aportar una identidad propia a la Feria de Córdoba.

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