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La Audiencia de Córdoba revisará de oficio las sentencias susceptibles de ser rebajadas con la ley del 'solo sí es sí'

Sánchez Zamorano concreta que el estudio de cada caso por separado no supondrá una revisión de todas las condenas

Ciudad de la Justicia de Córdoba. CÓRDOBA

La Audiencia Provincial de Córdoba revisará de oficio las sentencias dictadas por sus secciones Segunda y Tercera relacionadas con delitos sexuales y, por tanto, susceptibles de ser modificadas al aplicarles la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la Ley del solo sí es sí. Así lo ha confirmado a este periódico el presidente de la Audiencia Provincial de Córdoba, Francisco de Paula Sánchez Zamorano, que ha concretado que todas las ejecutorias relacionadas con delitos de abuso o agresión sexual «serán objeto de estudio», lo que no quiere decir, ha dejado claro, «que todas las condenas recogidas en las mismas se vayan a revisar».

Sánchez Zamorano ha indicado que cada asunto se tiene que estudiar por separado y ver todos los matices recogidos en cada uno de ellos. En este punto, ha detallado que habrá que analizar dos puntos relevantes, por un lado, «la causa» de esa condena y, por otro, «las razones que dio el tribunal en su momento para interponer una concreta pena».

El objetivo, ha manifestado el presidente de la Audiencia, es ver cuáles de esas sentencias está afectada por la nueva ley y aplicar, en el caso de que lo esté y sea susceptible de revisar, el artículo 2.2 del Código Penal que establece que tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. De momento, en Córdoba no se ha aplicado ninguna rebaja de pena utilizando la Ley del solo sí es sí y en Andalucía, según ha informado el Tribunal de Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tan solo ha ocurrido con un caso en Granada.

Así actuará la Audiencia

El presidente de la Audiencia ha detallado que mientras se estudien estas sentencias se dará traslado a las partes implicadas en los casos que derivaron en las mismas. Si, por ejemplo, la defensa de un condenado que puede ver su sentencia rebajada quiere formar parte del proceso, tendrá cinco días para plantear el recurso.

«Se van a sacar todas las ejecutorias para oír a las partes», ha aclarado Sánchez Zamorano, que ha recordado que este tipo de movimientos -el estudio de los casos susceptibles de ser modificados- es un recurso que puede ejecutar de oficio la Audiencia, pero que puede venir directamente de las defensas de los condenados. Preguntado acerca de si conoce otras audiencias provinciales que vayan a hacer esto mismo, Sánchez Zamorano ha explicado que sí tiene constancia de que se están convocando «plenillos de magistrados» para debatir sobre las decisiones a tomar.

El hecho de que sean las secciones Segunda y Tercera de la Audiencia las que estudien las ejecutorias se explica con que son las que llevan los asuntos penales, mientras que la Primera se encarga de los civiles. Sin embargo, Sánchez Zamorano no descarta que pueda encontrarse algún caso de la sección Primera que se remonte a antes del año 2014, cuando se hizo la división.

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