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Las claves de la 'ley del solo sí es sí' y sus posibles efectos en Córdoba

En la provincia no se ha solicitado todavía ninguna revisión de penas condenatorias

Manifestación en Córdoba con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres. A. J. GONZÁLEZ

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí, sobre delitos sexuales ha entrado en vigor causando un terremoto político y social que no deja de copar titulares. La razón, que la norma permite revisar a la baja condenas de violadores, pedófilos o abusadores. Se permite porque el artículo 2.2 del Código Penal establece que «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena». Ya se han sucedido una serie de rebajas de penas en España, pero según informa a este periódico el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la comunidad autónoma solo se ha dado una revisión, en Granada, ninguna más, aunque es lógico que puedan ir llegando.

Lo confirma el juez decano de Córdoba, Miguel Ángel Pareja, que apunta que «todavía no me ha entrado ningún caso para aplicar la nueva ley, ni para revisar condena ni para enjuiciar». Entrando al fondo de la cuestión, Pareja explica que «a la sociedad le tiene que quedar claro que cuando hay una reforma de una ley penal y se reforman las penas, ello conlleva la necesidad de revisar las sentencias que se han dictado con anterioridad». Y añade que esto no ocurre «porque los jueces queramos revisarlas», sino porque «es por un mandato de la propia Constitución, del artículo 9.3 de la Constitución y del propio Código Penal, que nos obliga a aplicar la ley más favorable al reo aunque esté condenado y aunque esté cumpliendo sentencia».

El juez decano deja claro que «nosotros [los jueces] no pretendemos otra cosa que la protección de la víctima» y se pregunta por qué no se hizo caso al informe del Consejo General del Poder Judicial, que «ya advirtió que según el catálogo de penas que se introducía en el anteproyecto de ley, conllevaría la revisión de condenas».

Analizar el objetivo de la ley

En cualquier caso, e independientemente de que las penas sean más bajas o más altas que las anteriores, Miguel Ángel Pareja entiende que lo que hay que analizar es si se cumple el objetivo con el que se creó la ley. «Si con esta ley se pretendía plasmar la perspectiva de género, dotándola de un sistema razonable, moderno, que ponga el foco en la protección de la víctima, habrá que ver si se ha conseguido o no», manifiesta, e incide en que «aplicar esa perspectiva no supone aumentar las penas, que ya eran altas, lo que se pretendía era poner el foco en el consentimiento». Teniendo esto claro, añade Pareja, y si el Ministerio de Igualdad quiere poner el foco en las penas, «no tendría más remedio que modificar».

El juez decano de Córdoba, Miguel Ángel Pareja. FRANCISCO GONZÁLEZ

«No somos machistas»

Acerca de las declaraciones de la ministra Irene Montero, Pareja sí entiende que el Ministerio de Igualdad «ha sido bastante desafortunado. Cuando un poder del Estado, como es el Ejecutivo, se dirige institucionalmente a otro poder, no se puede dirigir de esa manera». Con ello, expone que «los jueces ni somos machistas ni aplicamos defectuosamente la ley. Somos personas muy sensibilizadas con las víctimas, sobre todo con las víctimas de los delitos sexuales».

Ya no existe el abuso sexual

La vicedecana y responsable de la Comisión de Violencia de Género del Colegio de la Abogacía de Córdoba, Concepción Ortega, se ciñe a la realidad que marca la nueva normativa. «Como en todo cambio legislativo, la nueva norma ha generado una serie de consecuencias jurídicas distintas a la norma anterior», detalla, y añade que «como ya no existe el abuso sexual y todo es agresión sexual, nos encontramos con que tenemos penas mínimas en determinados tipos inferiores a las que establecía la regulación anterior. Y penas máximas también inferiores en algunos supuestos».

Ortega apunta que la nueva ley, además, no incluye los criterios para una disposición transitoria en la cual se establezca que si ya se está cumpliendo una sentencia condenatoria qué criterios aplicar, aunque considera que «eso es lo de menos» y que la clave está en que «existe el principio de la retroactividad penal de la norma más favorable». Eso sí, adelanta que el Tribunal Supremo sacará una serie de criterios unificados para interpretar la norma, algo que se espera también haga el Ministerio Fiscal

La Junta pide que se corrija la ley

El consejero de Justicia de la Junta de Andalucía, José Antonio Nieto, ha pedido al Gobierno central que «asuma su error y corrija» la nueva Ley de Garantías de la Libertad Sexual, al tiempo que ha afeado las críticas a jueces desde el seno del gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos, que, a su juicio, son más propias de «un régimen totalitario en el que no se respeta la división de poderes».

Según el consejero andaluz, «las consecuencias son, lamentablemente, las previstas y esperadas» y ha realizado un llamamiento al Gobierno de Pedro Sánchez para que «recapacite y corrija» dicha ley. Ha añadido que el Ejecutivo central «acierta» cuando «corrige», pero ha lamentado que por parte del Gobierno «desgraciadamente lo que estamos viendo» por ahora «es una actitud soberbia que está lejos de admitir el error, de asumir que el criterio profesional, una vez más, se ha impuesto en este caso».

El consejero ha insistido en pedir «que el Congreso corrija esta norma», porque «no podemos seguir permitiendo que violadores, que personas que han abusado de una mujer, que se han producido en ese ámbito que todos queremos condenar y erradicar como son los delitos de carácter sexual, se produzcan rebajas de condena o excarcelaciones por una mala legislación».


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