El patinete eléctrico es el vehículo de transporte de moda, pero no por ello está exento de cumplir con las normas de circulación. La nueva ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Córdoba, aprobada por el Pleno municipal, trae muchas novedades para los usuarios de patinetes que incluyen, entre otras, la obligatoriedad de contratar un seguro a terceros y el uso del casco.

Las medidas entrarán en vigor el 1 de enero de 2023, con un periodo de adaptación de seis meses. Estas son las claves de todo lo necesario para circular en patinete eléctrico por Córdoba a partir de entonces.

Lo que debe tener un patinete para poder circular por Córdoba

Estas son las características que debe cumplir un patinete para circular por Córdoba:

  • Sistema adecuado de frenado.
  • Timbre.
  • Luces.
  • Catadióptrico en la parte trasera.
  • Un QR o una placa donde vengan las características técnicas del vehículo.

Uso obligatorio de casco y seguro a terceros

Los usuarios de patinete eléctrico están obligados a llevar casco en todo momento cuando circulen por Córdoba. Además, tendrán que contratar un seguro a terceros. El plazo para este trámite tendrá un periodo de adaptación de seis meses entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2023, siendo obligatorio a partir del 1 de julio de 2023.

Por dónde puede circular un patinete eléctrico (y por dónde no)

  • No puede circular por travesías, autopistas o autovías dentro de poblado. Tampoco pueden ir por túneles, ni por aceras, ni por carriles bus.
  • En calzadas de más de un carril por sentido no podrán circular, a no ser que exista un carril ciclo-bici que esté señalizado.
  • No pueden ir por vías que tengan pendientes de más de un 15%.
  • Si tiene que cruzar un paso de peatones, el usuario debe bajarse del patinete.
  • Sí pueden ir por aceras bici, carriles bici y sendas ciclables. En las aceras bici la velocidad máxima serán 10 kilómetro por hora, en carriles bici, 20.
  • Puede ir por zonas 10 (sin superar los 10 kilómetros por hora), en zonas 20 (sin superar los 20) y en zonas 30 (sin superar los 25).
  • Pueden ir por vías peatonales (figura claramente redactada en la ordenanza y que podría ser Cruz Conde).

Lo que no se puede hacer con un patinete eléctrico

  • Un patinete eléctrico no podrá circular por Córdoba si no reúne los requisitos anteriormente citados.
  • No se puede manipular el patinete para que coja más velocidad, la máxima serán 25 kilómetros por hora.
  • No se puede conducir un patinete eléctrico si se es menor de 15 años. Los menores de 15 años podrán conducirlos siempre que sean adecuados para su edad, estatura y peso y únicamente en espacios cerrados al tráfico rodado.
  • No se pueden llevar pasajeros.

Más recomendaciones

  • El conductor de un patinete o VMP debe señalizar con el brazo cuando vaya a desplazarse lateralmente o cuando vaya a hacer un cambio de dirección.
  • Es aconsejable llevar alguna prenda reflectante que permita a los conductores y demás usuarios distinguir al usuario del patinete a una distancia de 150 metros.
  • Pueden aparcar en los mismos sitios que las bicicletas.
  • La norma dice que el conjunto de VMP-conductor debe tener una altura mínima de 1,40 metros para favorecer su visibilidad por parte de otros usuarios. Si no se alcanzan esos 1,40 metros, es obligatorio llevar un banderín de seguridad acoplado al patinete de forma que, con el mástil, se llegue a 1,50 metros.