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AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA

La nueva ordenanza de movilidad actualiza el precio de las multas de tráfico en Córdoba

El texto que aprobó ayer la junta de gobierno local debe cumplimentar su trámite administrativo y se espera que entre en vigor en verano tras pasar por el pleno

La nueva ordenanza de movilidad actualiza el régimen sancionador del tráfico en Córdoba.

La nueva ordenanza de movilidad actualizará además de contenidos los precios de las multas de tráfico, entre otras cosas porque en la ordenanza que el Ayuntamiento de Córdoba tiene aún en vigor los precios siguen estando en pesetas: infracciones leves entre 3.000 y 5.000 pesetas, las graves con multa de 16.000 a 50.000 pesetas y las muy graves con multa de 51.000 a 100.000 pesetas. Los nuevos precios y el resto de contenidos que se incluyen en la futura ordenanza entrarán en vigor antes del verano, según los planes del Consistorio.

En el nuevo marco normativo, que el gobierno local quiere que entre en vigor para el verano después de que aprobara ayer en junta de gobierno local el texto provisional, las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros, las graves con multa de 200 euros, y las muy graves con multa de 500 euros, de acuerdo con los criterios establecidos en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, sus posteriores modificaciones y reglamentos de desarrollo, y demás normativa aplicable. En el caso de que lleve implícita una detracción de puntos, el Ayuntamiento dará traslado a la Jefatura de Tráfico competente.

Asimismo, la ordenanza contempla las razones y supuestos en los que la Policía Local puede ordenar la inmovilización o retirada de las vías urbanas de cualquier tipo de vehículos, incluidos ciclos, bicicletas, ciclomotores y motocicletas así como los de movilidad personal (VMP), por razones de protección de la seguridad vial, cuando, como consecuencia del incumplimiento de los preceptos de la normativa específica que sea de aplicación o de la presente ordenanza pueda derivarse un riesgo grave para la circulación, las personas o los bienes. 

Cuatro vías para priorizar al peatón

Por otra parte, la ordenanza establece cuatro tipos de vías: la vía peatonal (prioridad del peatón), las zonas 10 o zona de espacio compartido (espacios con baja densidad de tráfico motorizado donde la circulación de los vehículos autorizados no deberá sobrepasar el límite de velocidad establecido en 10 Km/h), las zonas 20 o calle residencial (de especial protección peatonal, podrán tener o no plataforma única de calzada y acera; los peatones tienen preferencia sobre los vehículos que, deberán circular a una velocidad máxima de 20 km/h y no podrán estacionar), y las zonas 30 (espacios urbanos especialmente acondicionados y señalizados, en los que la velocidad máxima es de 30Km/h para todos los vehículos). 

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