La junta de gobierno local ha dado hoy el visto bueno a una proposición para que los organismos autónomos pertenecientes al Ayuntamiento de Córdoba impulsen sus procesos de estabilización del empleo en base a la nueva ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. La norma tiene como finalidad la reducción de la temporalidad en el empleo público a través de procesos selectivos de estabilización en el empleo respecto a las plazas estructurales que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

El Ayuntamiento de Córdoba ya ha empezado a negociar con los sindicatos la estabilización de esos interinos y la idea es que los organismos autónomos dependientes de Capitulares, donde existe el mayor número de estas plazas ocupadas de manera temporal, deben aprobar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia antes del día 1 de junio de 2022 ofertas públicas de estabilización del empleo que incluirán las plazas de naturaleza estructural que estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022. La resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

La forma "más beneficiosa" para los trabajadores

El alcalde de Córdoba, José María Bellido, ha explicado hoy que este proceso que ya han empezado a negociar los sindicatos se quiere hacer de la forma "más beneficiosa" que la ley permita, "sin poner más dificultades a personas que llevan muchos años trabajando al servicio público de todos los cordobeses en nuestro Ayuntamiento".

Bellido no ha sabido cuantificar el número de personas a las que afectará esta reforma --la oposición hace unos meses habló de 200 trabajadores--, aunque ha recordado que solo en el Ayuntamiento de Córdoba (cuya oferta pública de empleo ya se está tramitando) serán unos 60. También están avanzados los procesos en el Imgema y el IMAE, y se tendrá que hacer también --ha asegurado el regidor-- en la Gerencia Municipal de Urbanismo, en el Instituto Municipal de Turismo (Imtur), el Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo (Imdeec) y en el Instituto Municipal de Deportes (Imdeco). "Creo que va a ser bueno para todos: para los empleados públicos, para la administración y para la ciudad que dotemos de estabilidad a los empleados públicos", ha añadido.

Plazos y porcentajes

Según el texto aprobado hoy en junta de gobierno local se incluyen en dicho procedimiento de estabilización las plazas afectadas por los procesos de estabilización previstos en los artículos 19. Uno 6. de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, serán incluidas dentro del proceso de estabilización descrito, siempre que hubieran estado incluidas en las correspondientes ofertas de empleo público de estabilización y llegada la fecha de entrada en vigor de la presente ley, no hubieran sido convocadas, o habiendo sido convocadas y resueltas, hayan quedado sin cubrir.

Este es el caso de las plazas de estabilización en el empleo incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2021 aprobada por el Imgema por acuerdo de su Consejo Rector de 25 de noviembre de 2021 y publicada en el BOP de 9 de diciembre de 2021.

Un 45% para la fase de concurso

El sistema de selección será el de concurso-oposición, con una valoración en la fase de concurso de un 45% de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate, pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios en la fase de oposición, en el marco de la negociación colectiva establecida en el Estatuto Básico del Empleado Público.

No obstante con arreglo a la disposición adicional sexta se convocarán mediante el sistema de concurso las plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021 , hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.