Hasta 22 ayuntamientos de la provincia de Córdoba son potenciales beneficiarios del nuevo mecanismo extraordinario de pago a proveedores del Ministerio de Hacienda, que permitirá a estos consistorios cancelar de forma ágil las obligaciones pendientes de pago correspondientes a facturas anteriores al 1 de julio de 2021. Se trata de un instrumento que se pone a disposición de aquellas administraciones locales que han acreditado un periodo medio en el pago de sus obligaciones superior a 30 días en diciembre de 2020 o en marzo o junio de 2021. La norma establece que estos ayuntamientos deben comunicar sus facturas pendientes anteriores al 1 de julio de 2021 y adherirse al Fondo de Financiación a Entidades Locales, a través del que se efectuará directamente el pago de estas obligaciones más antiguas. El diputado socialista Antonio Hurtado explica que se trata de un mecanismo extraordinario que impulsa el Ministerio de Hacienda para reducir la morosidad de las administraciones públicas. Si los ayuntamientos no responden a este préstamo en tiempo y forma las cantidades adelantadas se detraerán de su Participación en los Impuestos del Estado (PIE).

Los ayuntamientos que pueden acogerse

En el caso de la provincia de Córdoba los ayuntamientos y entes dependientes que según el Ministerio de Hacienda han pagado sus facturas con una tardanza superior a 30 días y pueden acogerse al mecanismo han sido los de Adamuz, Almodóvar del Río, Baena (Promude), Belmez (Ardepinsa SL), Benamejí, Los Blázquez, Carcabuey, Fuente Obejuna, Fuente Palmera, Guadalcázar, El Guijo, (Residencia Municipal de Mayores Santa Ana), Hornachuelos, Luque, Moriles, Nueva Carteya, Peñarroya-Pueblonuevo, Posadas, Priego de Córdoba (P. Niceto Alcalá-Zamora, P. Adolfo Lozano y P. Víctor Rubio), La Rambla, Rute y Santaella. Además se incluye en esta nómina el Ayuntamiento de la capital cordobesa y en concreto 10 entidades dependientes: la Fundación Agrópolis, el Consorcio Orquesta de Córdoba, la Asociación Ciudades Andaluzas de Turismo del Caballo, Imdeco, Imdeec, Imgema, IMAE, Sadeco y la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Condiciones para acogerse al mecanismo

La condición que debe cumplir el proveedor para tener derecho al cobro de sus facturas por este procedimiento es que se traten de obligaciones generadas por obras, servicios o suministros pendientes de pago antes del 1 de julio de 2021, y aceptar este medio de pago, lo que podrán hacer en una plataforma informática habilitada por la Agencia Tributaria.

Ahora, las entidades locales afectadas remitirán telemáticamente y con firma electrónica al Ministerio de Hacienda y Función Pública, hasta el próximo 11 de febrero, una relación de todas las obligaciones pendientes de pago anteriores a 1 de julio de 2021, a través de esta plataforma informática. En ellas debe constar, entre otros datos, la identificación del proveedor, de las facturas, su importe y la fecha de recepción de la factura.

Los proveedores podrán consultar la inclusión y las cuantías de las facturas pendientes de pago y, en el caso de que no aparezca en el listado, podrán reclamar a la entidad local, aportando la documentación necesaria, que emita un certificado individual. El plazo que tienen los proveedores para consultar y aceptar el cobro de dichas facturas a través de este procedimiento comienza el 12 de febrero y finaliza el 25 de febrero de 2022.

Los interventores de las entidades locales deben comunicar la relación definitiva de facturas en la plataforma informática de la Agencia Tributaria con la fecha límite del 11 de marzo, momento a partir del cual quedarán adheridos al Fondo De Financiación a Entidades Locales. Una vez conocida toda la información sobre el montante de las facturas pendientes de pago, la corporación local debe elaborar un plan de ajuste, que deberá aprobarse antes del 22 de marzo y que tendrá que ser aplicado en el período de amortización previsto para la operación, siendo remitido al Ministerio de Hacienda y Función Pública, que realizará una valoración y comunicará las modificaciones pertinentes antes del 21 de abril.