La Gerencia de Urbanismo ha hecho pública una resolución sobre las instrucciones a seguir de cara al año 2022 y donde se informa del plazo de solicitudes y renovaciones de licencias de ocupación temporal de espacios exteriores con veladores, que queda abierto desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre del 2021 para locales en zonas de ordenación conjunta y aquellos que instalen terraza todo el año, y un plazo más amplio, hasta el 28 de febrero, para el resto de establecimientos o para quienes solo monten terraza en temporada. El plazo se abre cuando Córdoba regresa a la normalidad y después de que el año pasado, como medida de gracia por la crisis del coronavirus, Urbanismo prorrogara las licencias que había concedido en 2020 de manera automática.

En el contexto actual, también está pendiente la reclamación expresada por el sector de la hostelería, representado por su patronal, Hostecor, para poder continuar con algunas de las medidas de flexibilidad en lo que se refiere al distanciamiento de veladores a 1,5 metros que se ordenó durante la pandemia. Esta petición no ha obtenido de momento una respuesta oficial por parte del Ayuntamiento, que sí anunció el regreso de la inspección policial de veladores y establecimientos como reclama el Consejo del Movimiento Ciudadano y el fin de la flexibilidad en este tema.

Por qué unos plazos

Aunque la ordenanza municipal reguladora de la ocupación temporal de espacios exteriores con mesas, sillas, parasoles y otras instalaciones análogas (ordenanza de veladores), que constituyan complemento de la actividad de hostelería no especifica un plazo concreto para la presentación de solicitudes de licencias, deja claro que estas instalaciones temporales deben contar con una licencia expresa, por lo que no basta con la mera solicitud ni con el pago de la tasa para poder ocupar el dominio público. En la resolución publicada ayer en la web del Ayuntamiento de Córdoba se especifica que con el propósito de conseguir que las resoluciones se dicten en el menor plazo posible se establecen unos plazos concretos para que los titulares de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento presenten sus solicitudes de licencia de terrazas, con la necesaria anticipación como para que la Gerencia pueda analizar y tramitar las mismas. "Ello coadyuvará, junto con otras medidas que se implementen en este ejercicio, a la necesaria agilización de los procedimientos de resolución de licencias de terrazas en el año 2022", dice la resolución.

Plazos de presentación

De este modo, del 1 de octubre hasta el 31 de diciembre, deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que ya obtuvieron licencia en el año 2021 o prórroga del año anterior, y pretendan ocupar el dominio público durante el año 2022. Asimismo, deberán presentar su solicitud también aquellos establecimientos que no obtuvieron licencia en el año 2021 y, del mismo modo, pretendan ocupar el dominio público durante todo el año. Finalmente, deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que se encuentren en zonas de ordenación conjunta y pretendan ocupar el dominio público, sea cual fuere el período en el que se pretenda instalar la terraza.

Veladores en la Plaza de la Corredera en Córdoba. CÓRDOBA

Por otro lado, desde el 1 de octubre hasta el 28 de febrero deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que se encuentren fuera de las zonas de ordenación conjunta y pretenden ocupar el espacio público solo en temporada, es decir del 1 de abril al 31 de octubre, debiendo emplear el modelo de solicitud de renovación o de licencia nueva. Podrá no admitirse a trámite, salvo causas justificadas, las solicitudes de licencias que no se presenten dentro de los plazos.

Menos zonas de ordenación conjunta

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.3 de la ordenanza, en principio, se delimitan como zonas de ordenación conjunta para el ejercicio 2022 las siguientes: las calles Historiador Díaz del Moral, Morería La Plata, Mármol de Bañuelos, plaza de la Corredera y el entorno de San Hipólito, que comprende San Ignacio de Loyola, la plaza del Escudo y el pasaje Córdoba de Veracruz. Este listado es menor que el de años anteriores, que incluía zonas de especial control María la Judía, la avenida de Barcelona o la Ribera.

Estas zonas pueden ser ampliables a otras zonas de la ciudad en caso de detectarse, a lo largo del año, "conflictos en el uso de los espacios públicos con las terrazas y requiera para su solución un análisis más detenido del reparto y distribución de los veladores entre distintos establecimientos". Los titulares de establecimientos ubicados en estas zonas y que estén interesados en ocupar el espacio público con veladores, habrán de presentar su solicitud de licencia de ocupación de la terraza antes del 31 de diciembre de 2021. Transcurrido el citado plazo, se tramitarán, si resultara posible, las solicitudes de cada zona en un único procedimiento, no garantizándose la autorización de terrazas a los establecimientos que no la hayan solicitado en el citado plazo.