El juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba ha absuelto a dos acusados de sendos delitos de receptación (comprar artículos robados a sabiendas de que lo eran) y de un delito de estafa, por los que el Ministerio Fiscal solicitaba en total más de tres años de prisión. Los hechos se remontan a septiembre del 2018, cuando dos personas que no han sido identificadas accedieron a través de un butrón en la pared a una nave propiedad de una empresa donde se apoderaron de 30 motos eléctricas, 84 patinetes y más de 200 pequeños electrodomésticos que fueron valorados en más de 100.000 euros.

Tras el robo, fue recuperado un patinete y una moto eléctricos en el interior de un local propiedad de AVRA adquirida por uno de los acusados, una motocicleta eléctrica en un portal junto con las llaves, que presuntamente habría dejado otro de los acusados, al igual que una tercera moto eléctrica, localizada en la vía pública. La defensa, a cargo de los letrados Marcos Santiago Cortés y Espinosa de los Ángeles, reclamaron la absolución para su cliente, que negó los hechos, argumentando la falta pruebas y la prevalencia en estos casos de la presunción de inocencia.

La jueza considera que la acusación pública no aporta pruebas suficientes para fundamentar la condena al existir dudas sobre que los acusados supieran a ciencia cierta que lo que compraban había sido robado previamente. "La prueba documental no aporta luz sobre la participación de los acusados en los delitos", ya que si bien uno de los acusados "admitió haber comprado la moto junto a su compañero, tras una llamada a un móvil", esto no demuestra que conocieran el origen de los bienes. La jueza indica en la sentencia que "los reconocimientos fotográficos por sí solos no constituyen prueba para destruir la presunción de inocencia y son meras actuaciones policiales para la apertura de una línea de investigación". La presencia de huellas en los objetos "solo demuestra que estuvieron en contacto con estos", añade.