Imaginemos: en Alemania, un historiador acompañado de la máxima dirigente del gran partido de la derecha afirma que el 1 de septiembre de 1939 el país germánico no invadió Polonia, sino que lo que ocurrió fue «otra cosa». Más aún, el responsable de esa no-invasión fue el propio estado polaco, que estaba preparando una inminente agresión militar en territorio alemán. Ante estas palabras, la figura política que acompaña al autodenominado historiador muestra su satisfacción por el gran nivel de la intervención. Este episodio de negacionismo surrealista, impensable en Francia, Italia, Alemania o Portugal se ha dado hace unos días en nuestro país, poniendo una vez más de manifiesto la urgente necesidad de un nuevo marco legal que por fin reconozca y ampare a las víctimas del franquismo como sujetos de los derechos de verdad, justicia y reparación; incorpore al sistema educativo un relato histórico veraz del periodo; proceda a la exhumación e identificación de las miles de víctimas del golpe y la dictadura, y termine con la anomalía democrática de la supervivencia de símbolos franquistas en espacios públicos, por citar solo algunas de las tareas pendientes e inaplazables.

El proyecto de Ley de Memoria que inicia ahora su andadura parlamentaria debe acercar a España al contexto europeo, donde no cabe una Fundación Hitler o una Fundación Mussolini y donde existe una legislación que impide la apología del odio y criminaliza el negacionismo como un atentado al derecho a la verdad que todos los pueblos tienen, reconocido como tal por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre del 2010. La verdad no atañe solo a las víctimas sino al conjunto de la ciudadanía, ya que solo con un re-conocimiento generalizado de lo que supuso el franquismo en términos de violaciones masivas de derechos humanos podrá cimentarse la convivencia democrática. En este sentido, la Ley de Memoria no debe ser solo una ley de víctimas, sino una propuesta para el conjunto de las ciudadanas y ciudadanos, que todas las fuerzas políticas y sociales democráticas de este país deberían apoyar contribuyendo a mejorar el texto que ahora comienza su andadura parlamentaria.

¿Responde el proyecto de Ley de Memoria a estos retos que hemos calificado como históricos? En primer lugar, llega muy tarde para tantos familiares que se han ido a la tumba con el duelo abierto por no haber recuperado los restos de sus antepasados ni tener siquiera la satisfacción moral de ver anuladas las sentencias franquistas que los condenaron. Este tiempo perdido constituye un baldón para el Estado democrático, como siguen recordándonos cada día los restos no hallados de Blas Infante y Federico García Lorca, símbolos universales que representan ante el mundo a las miles de víctimas anónimas que aún yacen en fosas sin nombre.

Respecto al contenido del proyecto, puede afirmarse simultáneamente que constituye un enorme avance respecto a la ley de 2007, pero que puede resultar insuficiente si no se incorporan determinados aspectos largamente reivindicados. El cambio central de la ley consiste en que por primera vez (la Ley de Memoria andaluza ya lo plantea desde 2017 para Andalucía), el Estado asume plenamente el deber de memoria, especialmente en los procesos de exhumación e identificación de las víctimas, que ejecutará de oficio o a petición de asociaciones y familiares. Se trata de una ruptura con el modelo anterior, que planteaba una especie de externalización o privatización de las tareas exhumatorias.

Otros avances significativos son la creación de una Fiscalía de Memoria; la intención de incorporar al currículo escolar y a la formación del profesorado un relato veraz, actualizado y comprometido con los valores democráticos del golpe, la guerra y la dictadura; la declaración de nulidad de las sentencias dictadas por los tribunales especiales franquistas; la posible ilegalización de asociaciones que exalten el franquismo; la creación de un banco estatal de ADN o el reconocimiento del expolio material y económico cometido por el Estado franquista a partir de la promulgación de la Ley de Responsabilidades Políticas de 1939.

Avances, sí, pero insuficientes. En primer lugar se mantiene intacto el edificio legal que sostiene la impunidad de los victimarios y la indefensión de las víctimas. No se deroga ni siquiera parcialmente la Ley de Amnistía, ni se modifican los artículos 578 y 510 del Código Penal, para dar a las víctimas del terrorismo de estado franquista la misma protección que tienen los afectados por otros tipos de terrorismo. La ilegalización de las asociaciones franquistas queda supeditada a que generen «menosprecio a las víctimas», lo que llevará a una segura judicialización de estas decisiones. Se declaran nulas las sentencias, pero no se habla nada de la ilegitimidad de los propios tribunales especiales de la dictadura, y la reparación moral por el expolio económico y el trabajo esclavo de los campos no va acompañada del compromiso de reparación material. Por último, cuestiones esenciales como la incorporación al sistema educativo de nuevos contenidos o la creación de un banco estatal de ADN se despachan con algunas frases, con una preocupante falta de concreción.

En todo caso, todo el contenido de la futura ley queda supeditado para ser efectivo al desarrollo reglamentario y el acompañamiento presupuestario, señales inequívocas del grado de compromiso y voluntad política para aplicarla. Veremos.

* El autor del texto es exdirector general de Memoria Democrática y portavoz de la Asamblea Memorialista Andaluza